Fallo. El Tribunal Superior morigeró el descuento a un jubilado por la reforma de Llaryora

El máximo tribunal de Justicia de Córdoba revocó parcialmente una medida cautelar que había ordenado a la Caja de Jubilaciones abstenerse de efectuar reducciones o recálculos de los haberes previsionales.

29 de mayo de 2026 a las 07:27 p. m.
El Tribunal Superior morigeró el descuento    a un jubilado por la reforma de Llaryora
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) le ordenó a la Caja de Jubilaciones que morigere el aporte adicional a un jubilado provincial que presentó un recurso de amparo contra la reforma previsional de Llaryora. (La Voz / Archivo)

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) revocó parcialmente una resolución de la Cámara Contencioso Administrativa de 2° Nominación de Córdoba que había ordenado a la Caja de Jubilaciones abstenerse de efectuar reducciones o recálculos del haber previsional de un jubilado provincial que había presentado un amparo en contra de la reforma previsional que impulsó el gobernador Martín Llaryora.

En un caso particular, el máximo tribunal de Justicia provincial dispuso morigerar del 8% al 6% la alícuota adicional que el organismo previsional retiene a los haberes de los activos provinciales que cobran más de $3.500.000.

La acción de amparo había sido presentada por un jubilado provincial cuyo haber previsional se había visto afectado como consecuencia de la reducción del sueldo líquido de los activos por la aplicación de las alícuotas adicionales previstas en la Ley de Equidad Jubilatoria (11.087).

A través de una medida cautelar, la Cámara había dejado sin efecto esta disminución de la jubilación, hasta tanto resuelva la cuestión de fondo.

Sin embargo, el TSJ remarcó que tal decisión afectaba la característica más importante del sistema previsional provincial que es la proporcionalidad.

Referentes de los gremios estatales, en diciembre pasado, cuando fueron al Centro Cívico para rechazar la reforma previsional que impulsó el gobernador Martín Llaryora (La Voz / Archivo)
Referentes de los gremios estatales, en diciembre pasado, cuando fueron al Centro Cívico para rechazar la reforma previsional que impulsó el gobernador Martín Llaryora (La Voz / Archivo) (La Voz / Archivo )

“Si aumenta la remuneración del activo también procede la del pasivo. A la inversa, si por diversas circunstancias disminuye la del activo, la misma suerte sigue quien se encuentre en pasividad”, enfatizó el TSJ.

El 82%

En este sentido, el máximo tribunal enfatizó que los aportes adicionales previstos por la legislación cuestionada, en principio, “respetarían el 82% del sueldo líquido del activo”.

Además, argumentó que mantener la medida cautelar, tal como fue dictada por la Cámara, podría provocar que el actor perciba alrededor del 90% del haber líquido del activo, “con el riesgo de desnaturalizar el sistema en desmedro de otros jubilados y pensionados, con afectación al principio de igualdad y al principio de solidaridad intergeneracional”, manifestó el Tribunal Superior en su fallo.

Asimismo, el TSJ aseguró que la decisión de la Cámara “podría implicar que el sacrificio recaiga solo sobre el sector activo, olvidando el fundamento de la normativa cuestionada que es salvaguardar la situación del colectivo de jubilados y pensionados al cual el actor pertenece”.

De todos modos, el máximo órgano judicial señaló que, en los últimos meses, hubo un cambio parcial en las circunstancias fácticas existentes al momento de la sanción de la Ley de Equidad Jubilatoria y su decreto reglamentario, que justifica la admisión parcial de la medida cautelar solicitada.

Concretamente, el TSJ se refirió al último convenio firmado por el gobernador Llaryora con la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) referido a la transferencia de fondos para el sistema previsional.

En base a este nuevo contexto, dispuso la morigeración de la alícuota adicional prevista por la Ley de Equidad Jubilatoria y la Resolución 496/2025 del Ministerio de Economía y Gestión Pública de la provincia.

Esta decisión de TSJ sienta un precedente. Hay unos 6.000 jubilados provinciales que tienen un haber superior a los $ 3.500.000. Si van a la Justicia, seguramente el Tribunal Superior ratificará esta decisión de bajar del 8% al 6% el aporte adicional que debe realizar este sector.

De todos modos, por ahora, las Cámaras Contencioso Administrativas han rechazado los amparos colectivos, por lo cual, cada jubilado deberá hacer una presentación individual para que le disminuyan el aporte extra que determinó la reforma previsional que impulsó Llaryora.