Uso ilegal de laboratorios: la Justicia Federal no hizo lugar al pedido de la UNRC de ser querellante
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Redacción La Voz
La Sala B de la Cámara Federal de Córdoba confirmó los procesamientos, sin prisión preventiva, de tres investigadores de la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC) acusados de utilizar los laboratorios de la institución para vender servicios privados.
Se presume que, entre 2022 y 2024, utilizaron instalaciones, equipos de alta tecnología y hasta insumos de la Facultad de Ciencias Exactas de la UNRC para sus negocios particulares.
Según el fallo, los investigadores Oscar Alberto Masciarelli y Lucas Antonio Gallarato, junto con Roxana Judith Reynaga, usaban los Laboratorios 5 y 6 de la Facultad de Ciencias Exactas para brindar servicios a empresas y a particulares del sector agropecuario, bajo el nombre de fantasía "A&B Agrobiotech Diagnóstica".
Los tres son considerados coautores de los delitos de peculado, administración infiel y defraudación en perjuicio de la administración pública. El caso fue denunciado por otra investigadora de la universidad nacional en el 2024.
Entre otras pruebas, la Cámara destacó una conversación telefónica interceptada el 26 de abril de 2025, en la que Masciarelli habría reconocido ante un interlocutor no identificado la existencia de irregularidades.
“¿Sabés la cantidad de curritos que hay ahí adentro, boludo, que uno sabe? Pero que nadie… nadie, bueno, son cosas de cada uno (…) Eso es lo que creen que nosotros usamos para beneficio propio (…) el dinero que yo… que en general lo generé yo, ahí la Universidad, tenemos 3 millones y algo en las cuentas. Que no los tocamos nosotros”, dice en parte el audio citado.
Para la Cámara, Masciarelli describe el circuito de cobros –parte a través de facturas de la UNRC y parte a título persona– y llega a mencionar montos de entre $ 50 millones y $ 60 millones.
De acuerdo con el fallo, en otra comunicación, Gallarato y Masciarelli hablan de reemplazar informes elaborados bajo el membrete de "A&B Agrobiotech" para intentar desvincularse de la investigación.
También se consigna que la investigación detectó materiales de laboratorio en el domicilio de Gallarato, recuperó folletos de la empresa, registros de facturación y documentación varia, en allanamientos a firmas privadas.
Por otra parte, la Cámara también confirmó el procesamiento de Gabriel Andrés Aguilar Mansilla por el delito de encubrimiento. La imputación se sustenta en que, el 28 de abril de 2025, Reynaga le habría pedido, de manera urgente y en horario nocturno, que retirara de su domicilio su celular y computadora, ante el temor de ser allanada. La notebook fue hallada en el domicilio de Aguilar Mansilla.

El fallo también revocó los procesamientos de Analía Susana Llanes y Julia Iparraguirre. Con el voto de la jueza Graciela Montesi, al que adhirieron sus colegas Liliana Navarro y Abel Sánchez Torres, la Cámara consideró que las pruebas reunidas hasta el momento no alcanzan el grado de probabilidad exigido para sostener su participación en los hechos investigados.
Respecto de Llanes –responsable del Laboratorio 5–, el tribunal señaló que el procesamiento se apoyaba casi exclusivamente en su posición jerárquica, sin demostrar que hubiera tenido conocimiento efectivo ni participación dolosa. "La posición de garante no constituye una presunción automática de autoría ni de dolo", subrayó el fallo.
La Cámara dejó sentado que “pretender derivar la responsabilidad penal de la imputada exclusivamente de su cargo funcional implica, en los hechos, prescindir del análisis del elemento subjetivo del tipo, sustituyéndolo por una imputación fundada en la mera jerarquía o en la titularidad formal de funciones, lo cual resulta abiertamente incompatible con los principios de legalidad y culpabilidad que rigen en nuestro sistema constitucional”.
En ese sentido, el tribunal señaló que la propia denunciante del caso, Mariana Reginato (quien compartía con Llanes la responsabilidad sobre esos laboratorios), admitió haber tomado conocimiento de la existencia de la empresa recién en abril de 2024, aproximadamente dos años después del inicio de las maniobras.
Se interpreta que eso podría indicar que los imputados actuaron con hermetismo suficiente como para eludir los controles ordinarios.
En cuanto a Iparraguirre, la Cámara señaló que sus facturas no guardan relación con los clientes de "A&B Agrobiotech". Interpretó que no existen conversaciones que la vinculen activamente con la maniobra y que la computadora de la que se extrajo un informe con el membrete de la empresa era de uso compartido en el laboratorio.
De cualquier manera, el tribunal instruyó al juez a profundizar la investigación sobre estos puntos antes de adoptar una nueva decisión.
Para ambas mujeres, se dictó falta de mérito, lo que significa que la investigación puede continuar, pero sin que pese sobre ellas un procesamiento formal.
Finalmente, la Cámara también redujo los embargos dispuestos sobre Reynaga y Aguilar Mansilla. Al no haber querellante ni actor civil constituido en la causa, el tribunal bajó la medida cautelar sobre Reynaga de $ 20 millones a $ 3 millones, y la de Aguilar Mansilla, de $ 5 millones a $ 2 millones.