
Lo persiguieron en moto 1,5 km y con una gomera le pegaron una piedra en la sien: está en estado crítico
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Redacción La Voz
La Provincia publicó en su Boletín Oficial un protocolo para la sujeción de personas privadas de la libertad tras la elevación a juicio contra 11 miembros del Servicio Penitenciario de Bouwer por la muerte de César Darío Moreno, ocurrida en septiembre de 2023 durante su encierro.
El reglamento titulado “Pautas a aeguir en la implementación de medidas de restricción mecánica de movimientos” se conoció este miércoles en detalles y será de aplicación obligatoria en todos los establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario de Córdoba.
Establece que la restricción física sólo podrá utilizarse cuando hayan fracasado otras estrategias de contención no invasivas.
Además, dictamina que debe ser indicada por una autoridad competente y supervisada por un médico. En cuanto a la duración, debe ser la “mínima indispensable” y toda intervención debe quedar asentada en la historia clínica y en un registro centralizado.

La sala médica donde se practique la medida deberá contar con videovigilancia continua y las grabaciones deberán ser conservadas durante un año.
Se trata de la aparente primera respuesta estructural que instrumenta el Gobierno provincial tras el caso que estremeció a la ciudadanía.
Moreno murió luego de permanecer más de 48 horas atado a una cama en el penal, tras presuntamente recibir una golpiza y ser maniatado en una cama de sujeción. La autopsia determinó que sufrió un tromboembolismo pulmonar agudo asociado a la inmovilización prolongada y a los golpes.
El forense contabilizó 66 lesiones.
El texto oficial parte de un principio rector: la sujeción mecánica debe ser “una medida excepcional”.
De acuerdo a lo establecido, sólo podrá implementarse ante episodios de agitación psicomotriz, conductas auto o heteroagresivas con riesgo cierto e inminente, ideación suicida persistente o como medida terapéutica para evitar traumatismos involuntarios en pacientes con desorientación severa.
Dicho de otro modo, deberá ser usado solo para preservar el estado de salud del preso.
Pero además, el personal deberá agotar instancias de diálogo antes de colocar cualquier elemento de restricción.
Estas instancias, según lo que establece la directiva, son la desescalada verbal, la contención ambiental o farmacológica.
El protocolo ordena a dirigirse al interno por su nombre, evitar tonos intimidatorios y procurar estrategias que reduzcan la tensión.
Si estas herramientas fracasan y la situación lo amerita, la sujeción deberá ser determinada por el director del establecimiento o la autoridad a cargo, con intervención médica inmediata.
La medida sólo podrá ejecutarse en una sala del servicio médico especialmente acondicionada. Esa habitación deberá estar libre de objetos potencialmente lesivos, contar con una cama fija al suelo, colchón en condiciones higiénicas adecuadas, regulación de luz y temperatura y un sistema de videovigilancia de 24 horas.
El protocolo detalla incluso la técnica de sujeción.
Establece que se deberá inmovilizar un mínimo de dos miembros alternos (extremidades opuestas del cuerpo) y un máximo de los cuatro miembros más la cadera.
Se deben utilizar, siempre según el nuevo protocolo, fajas sanitarias de tela y queda prohibido forzar articulaciones más allá de sus “límites fisiológicos”. A la par, se deben retirar elementos personales que puedan generar lesiones.
Una vez aplicada la restricción, el control médico deberá ser periódico y obligatorio.
El protocolo establece que la revisión debe efectuarse cada 25 minutos durante las primeras tres horas y luego, como máximo, cada tres horas.
El profesional deberá dejar constancia escrita del estado de conciencia, nivel de agitación, estado emocional y evolución clínica. También deberá evaluar de manera constante si subsisten las razones que justificaron la medida.
El texto enfatiza que está prohibido el uso de sujeciones con fines disciplinarios o sancionatorios. Asimismo, veda de manera terminante la aplicación de estas medidas a internas embarazadas en cualquier etapa del embarazo, parto o posparto.
La orden crea un Registro centralizado de aplicación de medidas de restricción mecánica de movimientos, bajo la órbita de la Dirección General de Técnica Penitenciaria y Criminológica, donde se consignarán todos los casos con fines estadísticos y de control.
En paralelo, dispone un programa obligatorio de capacitación para todo el personal penitenciario que pueda intervenir en estos procedimientos, cuya aprobación será requisito para actuar.
La oficialización del protocolo se produce semanas después de que el fiscal José Mana enviara a juicio a 11 miembros del Servicio Penitenciario por la muerte de Moreno en la cárcel de Bouwer.
Nueve de los imputados –los guardias Mariano Santucho, Leonel Vaquel, Nicolás Cebrero, Roberto Molina, Lucas Argüello y Néstor Bazán, junto al médico Ignacio Eduardo Segovia y la médica psiquiatra Ana Laura Grassi– están acusados del aparente delito de tortura seguida de muerte
La escala penal, en caso de que las acusaciones sean probadas, contempla la pena de prisión perpetua.
El exdirector del módulo MD1, Pablo Luján, fue enviado a juicio por supuesto incumplimiento de los deberes de funcionario público, figura que prevé penas de inhabilitación y prisión. En tanto, el enfermero Martín Lautaro Aracena deberá responder por omisión de denunciar presuntos hechos de tortura.

Según la acusación, la golpiza y posterior sujeción no tuvieron finalidad terapéutica ni de seguridad.
Para la Justicia, las acciones constituyeron un acto de represalia luego de que Moreno golpeara a un guardia. La fiscalía sostuvo que el área médica fue utilizada como espacio sin cámaras para perpetrar agresiones y que la inmovilización extrema y prolongada resultó determinante en el desenlace fatal.
La elevación a juicio no está firme. Las defensas anticiparon que apelarán ante el Juzgado de Control. La resolución deberá ser confirmada y eventualmente revisada por la Cámara.
Soledad González, expareja de Moreno, expresó este miércoles su expectativa ante la posibilidad de que el proceso avance.
“Estamos rezando para que rechacen la apelación y que no cambien la carátula del caso. Antes del fin de semana, el próximo viernes, me comunicaré con la fiscalía para tener una audiencia con el fiscal Mana y mi abogado Luciano Mayer”, dijo.
Será el Juzgado de Control el que deberá resolver si confirma la elevación y deja el caso en condiciones de ser juzgado por una Cámara del Crimen.
César Darío Moreno tenía 50 años y no registraba antecedentes penales.
Padecía trastorno bipolar y había discontinuado su tratamiento. El 16 de septiembre de 2023 fue detenido en el barrio Nueva Córdoba tras un altercado en una panadería. Según consta en la causa, atravesaba una crisis psiquiátrica.
Tras permanecer en la Unidad de Contención del Aprehendido, fue trasladado al penal de Bouwer, formalmente denominado Cárcel de Bouwer. Quedó alojado en el módulo MD1.
Dos días después, protagonizó un incidente con un guardia.
A partir de ese momento, según la acusación, fue reducido con violencia, golpeado por varios agentes y llevado a la sala médica. Allí habría recibido nuevos golpes frente a personal de salud y sometido a una sujeción mecánica de cinco puntos: muñecas, tobillos, muslos y pecho.
Las imágenes de cámaras de seguridad registraron parte del procedimiento posterior.
Cuando finalmente fue desatado, se descompensó y horas más tarde murió.