Córdoba. Causa Conoc: la Justicia categorizó a los acreedores y abre las negociaciones
Los acreedores tienen tiempo hasta el 23 de octubre de 2026 para negociar los términos y lograr un acuerdo. Cuáles son las categorías fijadas por la Justicia.
El Juzgado Civil y Comercial de 13° Nominación de Concursos y Sociedades N° 1 de Córdoba dictó la sentencia de categorización de acreedores en el concurso de agrupamiento de Conoc SRL, Khaliq Anwar SRL, Vlacol SAS, Ezequiel Ocaña y Verónica Inés Ocaña.
La resolución fue emitida por el juez Lucas Dracich y estableció que, desde el 1° de junio y hasta el 23 de octubre de 2026, rige el período de exclusividad.
Durante ese tiempo, "los acreedores y las concursadas negociarán los términos de un eventual acuerdo en base a una propuesta formulada por las concursadas, que debe ser aceptada mayoritariamente por los acreedores a través del otorgamiento de su conformidad", indicaron desde el Juzgado.
Además, el juez Dracich recordó a las firmas concursadas y a sus acreedores que toda conformidad suscrita por un representante deberá estar acompañada, en todos los casos, por el instrumento respectivo que acredite la representación invocada y las facultades suficientes para el otorgamiento de dicho acto. Independiente de los recaudos exigidos por el artículo 45 de la Ley de Concursos y Quiebras.
"Esta decisión busca garantizar la organización del proceso, en función de la cantidad de acreedores que integran la base de cálculo (un total de 1.312) para el otorgamiento de conformidades", sostuvo el Dracich.
Categorías
La sentencia del Juzgado también fija las categorías de acreedores de la siguiente forma:
- Acreedores con privilegio especial; acreedores con privilegio especial y general–laborales; acreedores con privilegio general; acreedores quirografarios–laborales; acreedores quirografarios dinerarios; y acreedores quirografarios.
Intervención
En enero de 2026, el Juzgado intervino la administración del grupo económico Conoc SRL, así como de Khaliq Anwar SRL y Vlacol SAS, cuyos titulares Ezequiel Ocaña y Verónica Ocaña están imputados por estafas reiteradas en perjuicio de clientes de Córdoba capital y del interior provincial.
El grupo económico se dedicaba a la venta de planes de ahorro para la adquisición de viviendas y se declaró en quiebra el 17 de abril de 2024, pero el 26 de junio de ese año, por decisión de Dracich Loza, se levantó la quiebra y la convirtió en concurso preventivo.
La desarrollista volvió a administrar la constructora con la vigilancia de la Sindicatura y con Aldo Ocaña, padre de Verónica y Ezequiel, como apoderado. Pero el Juzgado perdió el control del manejo de los fondos de esos concursos.
Por eso, decidió intervenir, en grado de coadministración, y el juez designó al contador Pablo Andrés Artino (matrícula 10-15938-1) para esa tarea.



