Córdoba. Le robaron la tarjeta de débito y extrajeron $ 1 millón: el banco deberá indemnizar al cliente por más de $ 4 millones

Un juez condenó a una entidad financiera por no detectar una operatoria inusual tras el robo de la billetera de un usuario. El fallo resalta que el banco debe ofrecer en los canales digitales la misma seguridad que en la atención presencial.

24 de abril de 2026 a las 08:37 p. m.
Le robaron la tarjeta de débito y extrajeron $ 1 millón: el banco deberá indemnizar al cliente por más de $ 4 millones
Tarjeta de débito, cajero automático. Imagen ilustartiva.

El Juzgado en lo Civil y Comercial de 35° Nominación de la ciudad de Córdoba, dictó una sentencia en favor de un cliente que demandó a un banco tras sufrir robo de $ 1 millón luego de que delincuentes le robaron su tarjeta de débito y la usaron para extraer el dinero de cajeros automáticos.

El hecho ocurrió luego de que al cliente le sustrajeran su billetera del locker de un vestuario; minutos después, desconocidos realizaron 15 extracciones de efectivo por el total mencionado, alcanzando el límite diario permitido.

Una operatoria sospechosa no detectada

En su fallo, el juez Mariano Díaz Villasuso subrayó que las extracciones se realizaron en tres sucursales distintas en un intervalo de apenas 25 minutos y resaltó que, a pesar de la frecuencia inusual de los movimientos, el banco no activó ninguna alerta ni medida preventiva.

En el litigio, la entidad intentó desligarse de responsabilidad alegando que el robo se produjo por "hecho de la víctima", sugiriendo que el cliente habría dejado un "ayuda memoria" con su clave PIN en la billetera.

Sin embargo, el juez rechazó este argumento, señalando que el banco no aportó pruebas clave, como las grabaciones de las cámaras de seguridad o los registros de validación de identidad, para demostrar quién operó el cajero.

Además, el juez resaltó: “El ayuda memoria es solo una mera circunstancia, pero no la causa eficiente del daño, que en última instancia reside en el incumplimiento del deber de seguridad por parte del banco”.

El deber de seguridad y las indemnizaciones

El fallo establece que los bancos tienen una responsabilidad objetiva y deben garantizar que el uso de cajeros automáticos sea tan seguro como una operación realizada frente a un cajero humano.

Al no detectar la actividad sospechosa ni proteger al consumidor, la entidad violó el deber de seguridad y de trato digno.

En consecuencia, el banco fue condenado a pagar:

  • $ 1 millón por daño emergente (reintegro del dinero robado).
  • $ 750 mil por daño moral, debido a la zozobra y el desgaste administrativo sufrido por el cliente.
  • $ 2.500.000 por daño punitivo, una multa civil destinada a sancionar la conducta de la entidad y prevenir futuros incumplimientos.

En total, la entidad deberá abonar $ 4.250.000 más intereses, reafirmando que el riesgo de la tecnología aplicada al sistema bancario no puede ser trasladado al eslabón más débil: el consumidor.