Violencia de género. Condena de 8 años de prisión a vecino de Alta Gracia por abuso sexual y maltratos a su pareja

Federico Blumenthal fue hallado responsable de graves cargos como lesiones leves, privación ilegítima de la libertad, abuso sexual con acceso carnal y coacción, entre otros delitos. Lo curioso es que el tribunal admitió los hechos de violencia de género en situación de convivencia.

25 de junio de 2026 a las 05:37 p. m.
Condena de 8 años de prisión a vecino de Alta Gracia por abuso sexual y maltratos a su pareja
Condenado. Fotografía del condenado Federico Blumenthal tomada de modo furtivo en el interior de la audiencia y que circuló por redes sociales y medios de Alta Gracia. (Archivo)

La Cámara 4ª del Crimen de la ciudad de Córdoba condenó a ocho años de prisión a Federico Nicolás Blumenthal (45) por graves delitos de violencia de género en perjuicio de una pareja con la que convivía, entre ellos abuso sexual con acceso carnal.

Los hechos ocurrieron en el hogar que compartía la pareja en Alta Gracia (departamento Santa María) y algunos de ellos se produjeron en presencia de dos niños de corta edad.

La víctima denunció a Blumenthal y el proceso llegó a juicio a mediados del mes pasado, con el tribunal integrado por Enrique Berger (presidente), Luis Nassiz y José Pueyrredón.

La acusación estuvo a cargo de la fiscal subrogante Laura Battistelli, quien consideró probada la acusación y pidió condena para el acusado.

Fiscal. La fiscal de cámara Laura Battistelli. (Pedro Castillo / La Voz)
Fiscal. La fiscal de cámara Laura Battistelli. (Pedro Castillo / La Voz) ((Pedro Castillo / La Voz))

Los cargos en contra del acusado eran numerosos. Los vocales de cámara absolvieron a Blumenthal solo por la acusación de desobediencia a una orden judicial (noveno hecho) porque no logró probarse que fuera él autor de una comunicación con la víctima.

Pero el punto 2 de la sentencia dictada este miércoles condenó a Blumenthal por un rosario de delitos.

Fue hallado responsable de coacción, robo y privación ilegítima de la libertad doblemente calificada –primer hecho-; violación de domicilio, daño y lesiones leves calificadas -segundo hecho-; abuso sexual simple continuado, abuso sexual con acceso carnal continuado -tercer hecho-; coacción, lesiones leves doblemente calificadas –cuarto hecho-; privación ilegítima de la libertad doblemente calificada -continuada- y robo –quinto hecho-; amenazas, turbación de la posesión, violación de domicilio -sexto hecho-; privación ilegítima de la libertad doblemente calificada -séptimo hecho-; privación ilegítima de la libertad doblemente calificada - continuada- y amenazas -octavo hecho-; todo en concurso real.

Por eso, se le impuso un tratamiento penitenciario de 8 años de prisión.

Condena civil y otras cargas

Pero, además, se ordenó al Servicio Penitenciario de Córdoba que Blumenthal debe hacer "un tratamiento psicoterapéutico, en relación a sus adicciones, a la temática de violencia familiar y género y de los delitos de carácter sexual por los cuales es condenado".

Por otra parte, se impone a "Blumenthal la obligación de abstenerse de mantener contacto personal, telefónico, por cualquier medio y/o por interpósita persona con la víctima, hasta ulterior resolución".

Otro punto de la resolución hace lugar a la demanda civil que entabló la víctima, por lo que ahora Blumenthal debe pagar 30 días después de que la sentencia quede firme $ 30,6 millones en concepto de daño moral y $ 2.2 millones por daño patrimonial, más el 3 por ciento mensual desde la sentencia hasta su efectivo pago.

Además, Blumenthal debe pagar más de siete millones de pesos a la abogada de la defensa y el 2% del total de la condena en concepto de tasa de justicia.

Los fundamentos de la sentencia se leerán el próximo 29 de julio.

Prueba en el debate

Fuentes judiciales relacionadas con el debate a puertas cerradas, coincidieron que lo curioso de este proceso fue que los hechos de violencia de género y particularmente el abuso sexual fueron cometidos con él y ella mientras convivían en su hogar de Alta Gracia.

Entre las pruebas que se ventilaron se consideraron como decisivos varios testimonios, entre ellos una exnovia de Blumenthal que refirió que los comportamientos de él estaban relacionados con un proceder violento y que había sido golpeador. Si bien no efectuó la denuncia en su momento, esta declaración tuvo incidencia sobre los hechos que se ventilaban en este juicio.

También sonó decisiva la declaración de un psicólogo tratando del acusado que explicó que era una personalidad a punto de explotar. El profesional trataba a Blumenthal desde antes del inicio de los hechos con esta pareja.

Tampoco ayudaron a la posición del acusado algunos informes periciales, los médicos que constataron lesiones, los policías que asistieron a la víctima.

Otros testimonios también abonaron la acusación, como las amigas y la madre de la víctima y hasta los hermanos del acusado.