En un tiroteo. Absolvieron a un policía que mató a un hombre en "legítimo ejercicio de su cargo"

El sospechoso desobedeció la prohibición de acercamiento de su expareja y efectuó disparos de arma de fuego contra de civiles y uniformados.

02 de julio de 2026 a las 07:46 a. m.
Absolvieron a un policía que mató a un hombre en "legítimo ejercicio de su cargo"
(Archivo/La Voz)

La Cámara Criminal de la ciudad de Deán Funes absolvió a un policía policial que durante un tiroteo mató a un hombre en "legítimo derecho de su cargo", según informó el Ministerio Público Fiscal.

La Cámara hizo lugar al pedido absolutorio de la fiscal Carolina Elías al coincidir con la acusadora en el que el efectivo actuó en el "legítimo ejercicio de su cargo" y que no era merecedor de una pena.

La Cámara sostuvo que el hombre que murió desobedeció la prohibición de acercamiento a su expareja y efectuó disparos de arma de fuego en contra de civiles y uniformados.

Entre los principales argumentos aportados por el Ministerio Público Fiscal para pedir la absolución, con los cuales coincidió el juez, se destacan:

  • El uso racional de la fuerza constituye una herramienta legítima del Estado para restablecer el orden jurídico alterado, de modo que la conducta del funcionario que actúa dentro de los límites impuestos por la necesidad funcional no configura un hecho antijurídico, sino un comportamiento plenamente autorizado por el derecho.
  • Ello explica que el artículo 34, inciso 4, del Código Penal excluya la criminalidad de quien obra en el legítimo ejercicio de un cargo, siempre que su actuación encuentre sustento en una potestad legalmente conferida y resulte objetivamente necesaria para el cumplimiento de la función encomendada.
  • No puede exigirse a un funcionario policial que concurra a enfrentar a una persona que había demostrado –reiteradamente– su disposición a utilizar un arma de fuego contra particulares y contra efectivos policiales, portando exclusivamente munición antitumulto o balas de goma.
  • Semejante exigencia no sólo desconoce la realidad objetiva del procedimiento, sino que importaría imponer al funcionario el deber de afrontar una agresión potencialmente letal, mediante un armamento manifiestamente insuficiente para neutralizar ese riesgo, trasladando al propio agente una carga de sacrificio que el ordenamiento jurídico de ningún modo impone. La racionalidad del uso de la fuerza no puede confundirse con la obligación de asumir riesgos irrazonables para la propia vida o la de terceros.