Herencias. Sucesiones en Argentina: cuándo un testamento puede ser declarado nulo y qué pasa con los bienes
El Código Civil y Comercial establece los requisitos que debe cumplir un testamento para ser válido. En qué casos puede ser impugnado y cómo se distribuye la herencia cuando el documento pierde validez.
El testamento es una de las herramientas legales mediante las cuales una persona puede expresar cómo desea que se distribuyan sus bienes después de su fallecimiento. Pero, ese documento no siempre resulta suficiente para garantizar que su voluntad se cumpla.
En Argentina, el Código Civil y Comercial establece una serie de requisitos formales y de capacidad que deben respetarse para que el testamento sea válido. Si esas condiciones no se cumplen, la Justicia puede declarar su nulidad y modificar por completo la forma en que se repartirá la herencia.
En el sistema jurídico argentino existen dos formas de transmisión del patrimonio. La primera es la sucesión testamentaria, que se produce cuando el fallecido dejó un testamento válido.
La segunda es la sucesión intestada, que se aplica cuando no existe testamento o cuando el documento es declarado inválido, por lo que el reparto de los bienes queda determinado por el orden establecido en la ley.

Cuándo un testamento puede ser declarado nulo
El Código Civil y Comercial contempla distintas situaciones que pueden provocar la nulidad de un testamento. Entre las más frecuentes se encuentran los defectos en su forma de otorgamiento, el incumplimiento de las exigencias legales y la violación de las normas que regulan este tipo de actos.
También puede ser impugnado si se demuestra que la persona que lo otorgó no tenía capacidad para comprender el alcance de sus decisiones al momento de redactarlo o si actuó bajo error, violencia, intimidación o engaño.
En algunos casos, además, determinadas limitaciones físicas obligan a cumplir formalidades específicas. Cuando el testador no sabe leer ni escribir y tampoco puede comunicarse oralmente, la legislación prevé que solo podrá otorgar testamento mediante escritura pública y con la intervención de un intérprete.
Si alguna de estas circunstancias es invocada durante el proceso judicial, quien pretenda la nulidad del documento deberá acreditar los hechos que fundamentan su planteo.
Qué ocurre con la herencia si el testamento no es válido
Cuando un testamento pierde validez, comienza a regir el sistema de sucesión intestada previsto por la legislación argentina.
En primer lugar, heredan los descendientes, es decir, hijos, hijas y demás descendientes, quienes desplazan al resto de los posibles herederos. Si no existen descendientes, la herencia corresponde a los ascendientes, como padres o abuelos.

El cónyuge sobreviviente participa de la sucesión en los casos previstos por la ley, compartiendo la herencia con descendientes o ascendientes según cada situación.
Cuando tampoco existen esos herederos, la sucesión pasa a los parientes colaterales, como hermanos, sobrinos y otros familiares comprendidos dentro del orden legal. En ausencia de todos ellos, los bienes son declarados herencia vacante y pasan al Estado.
Para concretar cualquiera de estos supuestos debe iniciarse un juicio sucesorio en el último domicilio de la persona fallecida. El proceso comienza con la presentación de la solicitud ante la Justicia y la documentación correspondiente, como partidas de defunción, nacimiento, matrimonio y los títulos de los bienes.
Luego, el juez dicta la declaratoria de herederos o verifica la validez del testamento, según corresponda. Posteriormente se realiza el inventario y la tasación del patrimonio para, finalmente, proceder a la partición y adjudicación de los bienes entre quienes resulten con derecho a heredarlos.
Por ese motivo, cumplir con las formalidades previstas por la legislación resulta fundamental para evitar futuras impugnaciones y conflictos familiares.
Un testamento correctamente otorgado brinda mayor seguridad jurídica y permite que la distribución del patrimonio se ajuste, dentro de los límites establecidos por la ley, a la voluntad de quien lo redactó.



