Corrupción. Salta: absolvieron al exintendente de Morillo por robo y contrabando de rieles y condenaron a un policía por coimas
El tribunal consideró que la prueba no alcanzó para condenar al exjefe comunal, pero sí a un policía que cobraba coimas para permitir el traslado ilegal de material ferroviario.
El Tribunal Oral Federal N° 2 de Salta absolvió al exintendente de Coronel Juan Solá (Morillo), Atta Gerala, en el marco de una investigación por el robo sistemático de rieles del Ferrocarril Belgrano Cargas en la zona del chaco salteño, y condenó a un policía a tres años de prisión condicional por recibir coimas.
Por este mismo caso, ya habían sido condenados en acuerdos de juicios abreviados, otros tres imputados, entre ellos, el hijo del exintendente.
El veredicto fue dictado ayer por la tarde por los jueces Domingo Batule —quien presidió el tribunal—, y Diego Matteucci y la jueza Gabriela Catalano, tras un juicio en el que intervino el fiscal general con funciones de coordinación de la Fiscalía de Distrito de Salta, Eduardo Villalba, con la asistencia de la auxiliar fiscal Roxana Gual.
Durante el debate, el Ministerio Público había solicitado la condena de Gerala como partícipe primario del delito de contrabando agravado por la cantidad de intervinientes, la calidad de funcionario público y el valor de la mercadería, en concurso real con robo agravado por haber sido cometido en despoblado y en banda y malversación de caudales públicos, en calidad de autor.
El tribunal, sin embargo, entendió que la prueba reunida no logró superar el umbral de la duda razonable respecto del exintendente y dispuso su absolución.
En cambio, consideró acreditada —en línea con lo requerido por la fiscalía— la responsabilidad penal del oficial subayudante de la policía salteña Mauro Rodríguez, quien se desempeñaba como jefe del destacamento policial de Pluma de Pato.
El policía fue condenado por el delito de cohecho pasivo, a partir de las comunicaciones mantenidas con otro de los imputados, en las que se negociaban pagos ilegales para permitir el traslado de los rieles sustraídos. Además de la pena de prisión condicional y la inhabilitación perpetua, el tribunal dispuso para él la prohibición de residir o circular por la localidad de Pluma de Pato.
Investigación y otros condenados
La causa se originó en una investigación compleja impulsada por la fiscalía desde agosto de 2024 para desarticular una organización dedicada al robo y contrabando de material ferroviario.
Como resultado de esas tareas, en noviembre del año pasado fueron detenidos el comerciante David Medina; Miguel Ángel “Yopi” Gerala, hijo del exintendente; Jorge Fernando Cabrera, cabo de Gendarmería Nacional; y el propio Rodríguez, quien era el jefe del destacamento policial de la zona.
En el marco de acuerdos plenos, el 3 de diciembre de 2025 el hijo del exintendente fue condenado a seis años de prisión por contrabando de mercadería —exportación e importación— agravado por la cantidad de personas intervinientes, el uso de pasos no habilitados y el monto involucrado, cohecho activo y robo agravado.
En ese mismo acuerdo también fue condenado Medina a la misma pena, además de ser inhabilitado para ejercer el comercio por cinco años.
La fiscalía sostuvo en el alegato que se trataba de “un delito de poder” y afirmó que, en la localidad de Morillo, “no se movía un alfiler sin que el entonces intendente lo supiera”.
Posteriormente, el 12 de diciembre, se homologó un acuerdo con Cabrera, quien recibió una pena de 2 años de prisión de ejecución condicional por cohecho pasivo.
Por otra parte, dos camioneros imputados en la causa accedieron a una suspensión de juicio a prueba, que incluyó aportes por más de tres millones de pesos al hospital público de General Mosconi, como así también tareas comunitarias por un año en una iglesia evangélica del departamento de Santa Victoria.
La situación de estos dos choferes, resuelta por Sede Descentralizada de Tartagal, se encuentra vinculada a los hechos imputados a Gerala, ya que ambos fueron detenidos el 18 de mayo del 2024 en la ruta provincial 53, en la localidad de Padre Lozano, cuando transportaban una carga de rieles robados.
Fundamentos del fallo
Al dar a conocer los fundamentos de la sentencia, el tribunal valoró la magnitud del daño ocasionado, el impacto social de las maniobras y la extensión del fenómeno, y también realizó consideraciones sobre la falta de control estatal en la infraestructura ferroviaria.
El juez Batule, como vocero principal del fallo, destacó la decisión del Ministerio Público de llevar el caso a juicio y sostuvo que existían elementos suficientes para someter la hipótesis acusatoria respecto del exintendente en un debate oral.
No obstante, consideró que las evidencias reunidas respecto de Gerala no alcanzaron la contundencia necesaria para acreditar su responsabilidad penal.
En ese aspecto, el tribunal señaló que la presencia de rieles en el domicilio del acusado no constituía un indicio concluyente, ya que —según se expuso— esa situación también se verificaba en otras viviendas de la localidad.
En cuanto a las herramientas de corte secuestradas, los jueces entendieron que no se correspondían con las utilizadas por el hijo en la extracción de los rieles investigados. Respecto de la camioneta, indicaron que, si bien pertenecía al exjefe comunal —no al municipio—, no se acreditó que éste tuviera conocimiento del uso que le daba su hijo.
Por último, en relación con lo manifestado por el camionero que había señalado que la carga transportada pertenecía al imputado, el tribunal consideró que esa afirmación no fue corroborada por otros elementos de prueba y destacó que el contacto telefónico del exintendente fue incorporado por el conductor con posterioridad a los hechos investigados.
En relación con Rodríguez, en cambio, los jueces ponderaron como determinantes los registros de comunicaciones en los que se evidenciaban negociaciones para el pago de sobornos, lo que permitió tener por configurado el delito de cohecho pasivo.

