Buenos Aires. Revés para Rappi: la Justicia dejó firme un fallo que reconoce el vínculo laboral con los repartidores

La Suprema Corte bonaerense ratificó una multa superior a los 16 millones de pesos contra la empresa por la falta de registro de sus trabajadores.

15 de abril de 2026 a las 12:53 p. m.
Revés para Rappi: la Justicia dejó firme un fallo que reconoce el vínculo laboral con los repartidores
Revés para Rappi: la Justicia dejó firme un fallo que reconoce el vínculo laboral con los repartidores

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires rechazó los recursos extraordinarios presentados por la plataforma Rappi, dejando firme una sentencia que reconoce la relación de dependencia de sus repartidores.

Con esta decisión unánime, el máximo tribunal validó una multa de $16.426.800 impuesta originalmente por el Ministerio de Trabajo provincial en el año 2021.

Si bien el tribunal no se pronunció sobre el fondo de la naturaleza laboral, el rechazo de las apelaciones por "falencias técnicas" en la defensa de la empresa deja vigente el fallo de primera instancia.

Inspecciones en la vía pública y multas

El conflicto se originó tras una serie de relevamientos realizados por inspectores laborales en la vía pública.

En dichos operativos, el Estado detectó que la compañía no cumplía con la documentación legal exigida para sus trabajadores.

A pesar de ser intimada a presentar los registros en la ciudad de La Plata, la empresa no puso los documentos a disposición de los funcionarios.

Esto derivó en la Resolución 1858/21, que aplicó la sanción económica por infracciones "muy graves" que afectaron a 75 repartidores.

La multa fue calculada en base a incumplimientos de la Ley de Contrato de Trabajo y normativas de riesgos del trabajo.

Los montos fueron atados a porcentajes del salario mínimo, vital y móvil vigente al momento de la infracción.

El argumento de la "falta de fundamentación"

En su defensa, Rappi sostuvo que los repartidores no presentan las características de una relación de dependencia.

Además, cuestionó la facultad del Ministerio de Trabajo para determinar la existencia de un vínculo laboral, alegando que es tarea exclusiva de los jueces.

Sin embargo, los magistrados Hilda Kogan, Daniel Soria y Sergio Torres señalaron que los abogados de la firma se limitaron a transcribir planteos previos sin realizar una crítica razonada del fallo anterior.

Esta deficiencia técnica fue clave para que el recurso fuera desestimado por el máximo tribunal.

Por su parte, el Tribunal de Trabajo N°2 de La Plata ya había validado los controles callejeros amparándose en convenios de la OIT

Los jueces advirtieron que los servicios de reparto se prestan directamente en la vía pública, lo que justifica la modalidad de inspección.

Impacto legal y panorama nacional

Aunque la nueva legislación busca considerar a estos trabajadores como independientes, su aplicación se encuentra suspendida por otros fallos judiciales.

Dado que el caso de Rappi es anterior a la vigencia de dichas reformas, la Justicia aplicó el marco normativo tradicional de protección al trabajador.

Tras este revés, la empresa aún cuenta con la posibilidad de recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante un recurso extraordinario o de queja.