Justicia. Dejaron firme el sobreseimiento de Alberto Samid en una causa por evasión fiscal
La Cámara de Casación rechazó un recurso del organismo recaudador y confirmó la extinción de la acción penal contra el empresario y su socio por irregularidades en un frigorífico.
La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme el sobreseimiento del empresario de la carne Alberto Samid en una causa por presunta evasión fiscal vinculada a la empresa El Fuego y El Agua S.A. La decisión fue tomada luego de rechazar un recurso extraordinario presentado por el organismo recaudador nacional.
Así, el máximo tribunal penal del país cerró la discusión judicial sobre la extinción de la acción penal contra Samid y su socio José María Suárez. Ambos acusados de irregularidades tributarias en la operatoria de ese frigorífico.
La resolución fue dictada por la Sala IV de la Cámara de Casación, integrada por los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky.
El rechazo al recurso del organismo recaudador
El planteo fue presentado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), que actuó como querellante en el expediente e intentaba que el caso fuera revisado por la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, por mayoría, los jueces Carbajo y Borinsky declararon inadmisible el recurso extraordinario federal.
Según señalaron en su voto conjunto, el planteo del organismo no cumplía con los requisitos necesarios para habilitar la intervención del máximo tribunal. “El recurso extraordinario traído a consideración del Tribunal para que se pronuncie acerca de su viabilidad formal no puede ser autorizado”, indicaron los magistrados.
También recordaron que, para acceder a la revisión de la Corte Suprema, es necesario refutar de forma concreta los fundamentos de la resolución cuestionada y demostrar la existencia de una cuestión federal relevante.
La decisión previa del tribunal oral
La causa llegó al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de San Martín, que en octubre del año pasado resolvió cerrar el proceso penal.
En ese fallo, los jueces aplicaron el régimen de regularización fiscal previsto por la Ley 27.743, que permite extinguir la acción penal en delitos tributarios cuando el contribuyente cancela la deuda bajo determinadas condiciones.
El tribunal dispuso entonces “declarar extinguida la acción penal respecto de José Alberto Samid y José María Suárez” y, en consecuencia, dictó el sobreseimiento de ambos imputados.
Arca intentó revertir esa decisión primero mediante un recurso de casación y luego con un recurso extraordinario para que el caso llegara a la Corte Suprema. Sin embargo, ambos planteos fueron rechazados.
El voto en disidencia
El juez Gustavo Hornos votó en disidencia y consideró que el recurso del organismo recaudador debía ser admitido. A su criterio, el planteo involucraba una cuestión federal vinculada con garantías constitucionales.
Según expresó en su voto, la querella “logró acreditar la existencia de una cuestión federal al encontrarse en juego la vulneración a la garantía constitucional del debido proceso”.
Pese a esa postura minoritaria, la mayoría del tribunal resolvió descartar el planteo y dejar firme el cierre del proceso.
El antecedente judicial de Samid
El expediente se vinculaba con presuntas maniobras de evasión del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del impuesto a las Ganancias, además de la supuesta apropiación de montos retenidos que debían ser transferidos al fisco.
El caso se relaciona con la operatoria del frigorífico El Fuego y El Agua, empresa en la que Samid y Suárez eran socios.
Samid ya había sido condenado en 2019 a cuatro años de prisión por integrar una asociación ilícita dedicada a la evasión impositiva en la comercialización de carne. Durante ese proceso se fugó del país y fue detenido semanas después en Belice, desde donde fue extraditado a la Argentina para cumplir la pena.



