Las lesiones al patrimonio histórico y cultural
Se trata, en definitiva, de afirmar una democracia participativa y deliberativa, en lugar de una de tipo delegativa y corporativa. Antonio María Hernández
Córdoba posee el más importante patrimonio histórico y cultural del país, acorde con la trascendencia de su historia. Prueba superlativa de ello fue el reconocimiento como Patrimonio de la Humanidad de la Manzana Jesuítica y de las Estancias de la Orden, por la Unesco, en el año 2000. En su Declaración sobre Destrucción intencional del patrimonio cultural, aprobada por la Conferencia General de dicha organización de las Naciones Unidas, en la 32ª Reunión de París de 2003, se sostuvo: "El patrimonio cultural es un componente importante de la identidad cultural de las comunidades, los grupos y los individuos, y de la cohesión social, por lo que la destrucción deliberada puede menoscabar tanto la divinidad como los derechos humanos". La Constitución Provincial de Córdoba, en su gran reforma de 1987, incorporó el siguiente artículo 65: "El Estado provincial es responsable de la conservación, enriquecimiento y difusión del patrimonio cultural (...) cualquiera sea su régimen jurídico y su titularidad". Y la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Córdoba, en varias normas se ha referido a la cuestión, como en los artículos 27, sobre Desarrollo Urbano, en sus incisos 3 y 4; 28, sobre Ambiente; 30, sobre Identidad cultural, y 31, sobre Cultura. No obstante lo prescripto por ambas leyes supremas, en Córdoba se está avanzando en severas lesiones a nuestro patrimonio histórico cultural a través de dos proyectos: el de la Manzana del Banco de la Provincia de Córdoba y el de la demolición de la Casa de Gobierno.En ambos proyectos, se utiliza la misma metodología: el Gobierno provincial desconoce la autonomía municipal, proyectando obras en la ciudad sin que el gobierno local defienda sus competencias exclusivas. En relación con la Manzana del Banco de Córdoba, en nuestro artículo "Autonomía y negocios privados", publicado por La Voz del Interior con fecha 22 de abril de 2009, sostuvimos que resultaba inconcebible que se admitiera e impulsase un proyecto que viola los 27 metros de altura fijados en la Ordenanza Municipal 8.057, precisamente para preservar el patrimonio histórico y cultural. Y ahora ocurre lo propio con la demolición de la Casa de Gobierno, sin autorización previa municipal, de la misma manera que con el parque que se proyecta en su lugar.Reiteramos lo expuesto en otra nota anterior de nuestra autoría, del 20 de agosto de 2007, en la que decíamos que "es difícil imaginar otra competencia más exclusiva y esencial de los gobiernos locales, que la referida al ordenamiento edilicio y a la planificación urbanística, íntimamente unidas al pasado, presente y futuro de las ciudades".Debe distinguirse entre dominio y jurisdicción, pues aunque la Provincia o el Gobierno federal sean los propietarios de los terrenos o de las obras –como en el caso de la Manzana del Banco o de la Casa de Gobierno– ello no autoriza el desconocimiento y violación de las competencias municipales. El Gobierno municipal debe ejercitar sus funciones esenciales, entre las que se destaca la defensa de la autonomía local y de sus atribuciones para preservar el patrimonio histórico y cultural, ante el avance inconstitucional del Gobierno provincial. Por su parte, el Poder Ejecutivo Provincial debe detener estos proyectos severamente cuestionados. Se trata, en definitiva, de afirmar una democracia participativa y deliberativa, en lugar de una delegativa y corporativa que facilita la oscuridad de los procedimientos estatales y profundiza la anomia que nos caracteriza.
*Presidente Honorario de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional

