El impacto en el derecho del trabajo
La modificación del Código Civil que proyecta el Gobierno nacional será el gran acontecimiento jurídico en lo que va del siglo 21. César Arese.
La modificación del Código Civil que proyecta el Gobierno nacional será el gran acontecimiento jurídico en lo que va del siglo 21. Se trata del ordenamiento básico de las relaciones comunes, pero influye en todas las ramas del derecho. Hasta ahora, han tenido mayor resonancia los aspectos ligados con cuestiones de familia –la fecundación in vitro, regulación de efectos del matrimonio igualitario, las uniones convivenciales o la posibilidad de optar por un régimen patrimonial– que la completa reforma de la integralidad de las instituciones civiles.Sin embargo, aparecen como mucho más profundos la constitucionalización del derecho privado, que incluye los tratados de derechos humanos incorporados al ordenamiento supremo desde 1994, la tendencia a igualación real, la eliminación del trato discriminatorio, la multiculturalidad y la incorporación de los derechos colectivos.La modificación del Código Civil significará que un tercio de las normas de la Ley de Contrato de Trabajo van a ser reformadas paralelamente, pues este ordenamiento incorpora disposiciones, remite a normas y adopta conceptos del primero.El contrato de trabajo se encuentra firmemente intervenido por el orden público laboral de carácter protectorio, pero no deja de ser una relación de derecho privado y, por tanto, dependiente de muchos principios, reglas y conceptos institucionales del civil.Por ejemplo, la reforma impactará en el Derecho del Trabajo, al sustraer o disminuir, según los casos, la responsabilidad laboral que se puede generar en figuras como los consorcios de cooperación, agencias, franquicias o fideicomisos.Hoy se encuentran bajo observación de los fallos judiciales en virtud del fraude o la descapitalización que suele generarse en el interior de estas relaciones contractuales.El nuevo ordenamiento democratizará acciones en caso de daños a los derechos de incidencia colectiva indivisibles y de uso común y los individuales homogéneos, en este caso cuando media una pluralidad de damnificados individuales con daños comunes pero divisibles o diferenciados.El ejercicio de estas acciones podrá unificarse en una representación común a cargo de los sindicatos para interponer acciones, como la reparación de daños derivados de condiciones de trabajo siniestrantes o el daño ambiental de naturaleza laboral.El proyecto de Código Civil incorpora la posibilidad de la sanción pecuniaria disuasiva en caso de lesiones a derechos de incidencia colectiva.El mundo del trabajo compromete psicofísicamente a los trabajadores y, de hecho, se aboga por preservar la integridad corporal y el proyecto de vida de los trabajadores a través de leyes especiales de prevención de los riesgos y la atención de las víctimas de forma inmediata e integral.Desde el fallo "Aquino" de 2004 de la Corte Suprema, se reconoce a los trabajadores la posibilidad de actuar mediante normas de derecho común.El nuevo código viene a introducir cierta modulación y pautado de la apreciación de daños en materia de muerte y lesiones o incapacidad física o psíquica, lo que se interpreta como la imposición de límites. Pero a la vez hace más claro, previsible y objetivo el resultado del pleito.Ello favorece a los menos válidos procesalmente, pues la ley indica los elementos que integran la indemnización frente al daño.La interpelación que realiza el trabajador a su empleador cuando reclama el cumplimiento de derechos no tendrá un efecto suspensivo por un año, como hasta ahora, sino de la mitad. De manera compensatoria, el reclamo administrativo interrumpirá el curso de la prescripción, lo que hasta ahora se encuentra controvertido.Las ideas imperantes hace un siglo y medio, incorporadas al Código Civil de Dalmacio Vélez Sársfield, como la absolutividad de voluntad individual, la supuesta igualdad contractual entre desiguales y la cosificación contractual, obligaron a Juan Bialet Massé a escribir su crítico Tratado de la responsabilidad civil en el derecho argentino bajo el punto de vista de los accidentes de trabajo .La historia no se repite, sin embargo, sería aconsejable que los sectores laborales y sus expertos participen en esta transformación jurídica esencial, para compatibilizar y optimizar la relación entre derecho civil y derecho del trabajo.

