Temas del día:

Hay que saber separar la paja del trigo

Debe tenerse muy en cuenta que el impuesto a la renta neta –esta es la correcta denominación técnica– es inherente al sistema capitalista de acumu­lación. Salvador Treber.

06 de julio de 2012 a las 12:01 a. m.
Salvador Treber*
Hay que saber separar la paja del trigo

La discusión sobre la aplicación del Impuesto a las Ganancias ha tenido múltiples protagonistas, no siempre versados sobre el tema, que en muchos casos emitieron opi­niones y adoptaron posiciones equívocas e interesadas. La frase con que se titula la presente nota reactualiza un viejo consejo convertido en refrán, que por bastante tiempo fue uno de los usados con mayor frecuencia.La idea que lo anima es concentrarse en la esencia o médula neurálgica de las cuestiones y no dejarse distraer dando desproporcionada relevancia a detalles de menor importancia. Más aún cuando hay intereses económicos de por medio.Esa advertencia es válida, en esta oportunidad, para evaluar de modo objetivo las distintas posiciones que disienten sobre la extensión y los límites de aplicación del Impuesto a las Ganancias a los ingresos derivados del trabajo personal y, en especial, al que se realiza en relación de dependencia. Una modalidad de actividad que abarca desde el más humilde cadete hasta el más encumbrado ejecutivo.Es obvio que los que se muestran activos cuestionadores son los que más tienen para perder, pues están ubicados en un escalón elevado de la pirámide distributiva, aunque con frecuencia usen los servicios de modestos "voluntarios".Debe tenerse muy en cuenta que el impuesto a la renta neta –esta es la correcta denomi­nación técnica– es inherente al sistema capitalista de acumulación, que tiende a concentrarse en la cima de la pirámide y permite atenuar la acentuada ine­quidad que caracteriza al funcionamiento espontáneo de las llamadas "leyes del mercado".En Estados Unidos, durante las dos últimas décadas, los salarios perdieron año tras año el uno por ciento de la capacidad real de compra, importes que fueron a engrosar la cúspide. Origen y generalización. Bajo su versión moderna, este impuesto fue creado por el Reino Unido en 1842, como una necesidad del naciente capitalismo industrial que buscaba expandirse a los mercados externos y pugnaba por remover el obstáculo que representaban los gravámenes aduaneros, convertidos en una virtual barrera a dicha expansión. Tal objetivo se logró susti­tuyéndolo por el denominado " income tax " (impuesto a la ­renta o ingreso neto) que a­demás tenía la virtud de ­no restar poder adquisitivo a los propios consumidores. En Estados Unidos se introdujo recién en 1917, asociado a su ascenso y pretensión de convertirse en primera potencia mundial y desplazar a los ingleses. A partir de entonces proliferó, con mucho énfasis en el período de 20 años acotado por las dos grandes guerras mundiales, durante cuyo transcurso fue adoptado por una gran cantidad de países de los cinco ­continentes.En la actualidad, rige en casi todo el mundo –salvo los llamados "paraísos fiscales"– y es reconocido como uno de los instrumentos más eficaces para evitar una excesiva polarización de la riqueza y propender a lograr la vigencia de una distribución más equitativa del ingreso.En todos ellos se define en calidad de "base imponible" a la totalidad de ingresos que percibe una persona física o empresa, en especial las constituidas como sociedades de capital; pero en ningún caso se excluye la renta del trabajo personal, como se reclama en ciertos ámbitos.Bajo la primera modalidad (personal), es siempre progre­sivo. Es decir que la obligación tributaria se incrementa en ­forma más que proporcional ­a medida que crece el nivel de ­la base.Es en Dinamarca donde se verifica la tasa marginal más elevada del mundo (62 por ciento), seguida por Suiza (57 por ciento), Austria, Bélgica y Japón (45 por ciento) y una veintena de países más donde varía entre 40 y 46 por ciento.Argentina tiene una alícuota máxima bastante inferior (35 por ciento), tanto en la escala para personas físicas como la única que recae sobre todas las sociedades de capital.En algunos países, como Canadá, se establecen diferencias en el tratamiento entre grandes, medianas y pequeñas empresas, con menor tasa en estas para estimularlas. Nuestra legis­lación no contempla nada en tal sentido. Evolución y actualidad. Dentro de ese contexto, en 1932 comenzó a ser aplicado en Argentina junto con el Impuesto a las Ventas (sustituido luego por el IVA). Primero se denominó impuesto a los Réditos y a fines de 1973 fue "rebautizado" como Impuesto a las Ganancias, aunque son igualmente impropias ambas denominaciones. Al principio incidía sólo sobre las personas físicas, para luego extenderse a las sociedades de capital e incluir arbitrariamente como tales a las sociedades de responsabilidad limitada, que no lo son según la legislación de fondo.Su propulsor e introductor fue nada menos que Federico Pinedo, quizá el neoliberal más acérrimo, pero también el más culto e informado.Lo hizo en el marco de un conjunto trascendente de medidas e innovaciones intervencionistas, que supuso transitorias, para paliar el crítico período de la década de 1930.El conflicto que estalló en la segunda mitad de junio pasado, de intensidad nunca antes co­nocida por temas de esta índole, tiene gestores que tratan de justificarlo por la falta de actua­lización de las deducciones ­admitidas al trabajo en relación de dependencia (mínimo no imponible, cargas de familia, deducción especial adicional y otras menores), las cuales se había anunciado que serían objeto de corrección en el transcurso de julio.Debe advertirse que desde 2003 hasta 2011 siempre se lo hizo así, salvo en 2009 que, por la baja habida en la recau­dación, debido a la recesión internacional, no se apeló a ningún ajuste. Soluciones racionales. En esta oportunidad, los planteos asumieron todos los tonos posibles, desde los que exigían la derogación del "maldito" impuesto hasta los que se circunscribieron a reclamar correcciones en función de la incidencia del proceso inflacionario. Quizá la solución "salomónica" sea modificar la escala de progresividad con vigencia ­desde el año 2000. En ese lapso, la desvalorización monetaria "acható" los siete escalones y el superior de 120 mil pesos, que entonces permitía adquirir otros tantos dólares, ahora sólo alcanza para obtener algo más de 25 mil.Además sería oportuno crear, por lo menos, dos nuevos tramos más altos, a los que se les aplicarían alícuotas del 40 y 45 por ciento, además de eliminar la absurda exención de las rentas financieras y la irritante autoexclusión de los jueces, para así compensar los 3.500 millones de pesos que costaría al fisco esa actualización.

*Profesor de posgrado de Ciencias Económicas en la UNC