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Cuatro miradas para pensar el Poder Judicial

En sociedades con fuertes desigualdades sociales, existe una íntima relación entre Poder Judicial y poder económico. Por eso, siempre se ha penalizado más los delitos contra la propiedad que la corrupción. César Tcach.

25 de abril de 2013 a las 11:19 a. m.
César Tcach*
Cuatro miradas para pensar el Poder Judicial

En la historia argentina, las relaciones entre jueces, política y economía han sido concebidas a través de cuatro ópticas distintas.

En la tradición conservadora, la fuente de legitimidad del Poder Judicial se correlacionaba con su capacidad para contribuir al mantenimiento del orden establecido. El 10 de septiembre de 1930, la Corte Suprema de Justicia de la Nación legitimó el derrocamiento del presidente Hipólito Yrigoyen –elegido dos años antes mediante el voto popular– a través de una acordada en la que justificaba el golpe militar encabezado por el general José Félix Uriburu.

En el texto, se argumentaba que los actos de las autoridades de facto eran válidos porque se orientaban a defender la propiedad, la libertad y la vida. En 1966, cuando nuevamente los militares derrocaron a un gobierno radical –el presidido por Arturo Illia–, el general Juan Carlos Onganía desconoció a la Corte Suprema de Justicia y –por el decreto número 42, de julio de ese año– constituyó una nueva Corte adicta a sus intereses.

Los flamantes magistrados juraron ante el propio dictador Juan Carlos Onganía. Como puede apreciarse, en la tradición conservadora argentina lo más importante no era la relación entre Justicia y democracia sino entre Justicia y orden, aunque este asumiese formas autoritarias.

En la tradición nacional popular (o populista), el Poder Judicial también era concebido como un instrumento del poder político, pero, a diferencia del enfoque anterior, de un poder político elegido en las urnas por la mayoría de la población.

Así, en abril de 1955, los jueces de Paz letrados que asumían sus funciones expresaban en una carta dirigida al Consejo Superior del Partido Peronista: “Al hacernos cargo de nuestras funciones en los tribunales de esta provincia, tenemos el alto honor de expresar al señor presidente nuestra firme decisión, como soldados del movimiento peronista, de sustentar y hacer respetar desde la magistratura los principios de la doctrina nacional que plasma con su acción el genial conductor de la nueva Argentina, general Juan Domingo Perón, y con el recuerdo fijo en la jefa espiritual de la Nación, Eva Perón” (fuente: diario Córdoba, 18 de abril de 1955).

En este caso, la fuente de legitimidad política de los jueces es la obediencia al liderazgo carismático. Por consiguiente, carece del margen de autonomía necesario para controlar la legalidad de los actos y procedimientos emanados del oficialismo.

En la tradición liberal republicana, el Poder Judicial es formalmente independiente de los otros dos poderes del Estado, el Legislativo y el Ejecutivo. Esta división de poderes obedece al imperativo de garantizar mecanismos de control intraestatales que eviten la corrupción, los abusos de poder y/o actos eventualmente despóticos.

Se trata de asegurar que los gobernantes rindan cuenta de sus actos y eventualmente puedan ser castigados por ellos. Esto permitiría garantizar los derechos de todos los ciudadanos, independientemente de sus creencias políticas, religiosas y sus sentidos de pertenencia cultural.

Este enfoque carece del sesgo autoritario del primero (el conservador) y de la vocación hegemónica del segundo (el populista), pero se alimenta de una ficción: la existencia de una sociedad de pares con iguales posibilidades de convertir en realidad sus derechos.

La experiencia histórica ofrece abundante evidencia empírica para afirmar que en sociedades con fuertes desigualdades sociales, existe una íntima relación entre Poder Judicial y poder económico. Por eso, siempre se ha penalizado más los delitos contra la propiedad que los casos de corrupción.

Banqueros, grandes grupos económicos provistos de sofisticados estudios jurídicos, e inclusive altas jerarquías eclesiásticas, suelen ser tratados con una deferencia de la que está exenta una enorme masa de “humillados y ofendidos” (en términos del novelista ruso Fiodor Dostoievski): los pobres, los desempleados, los explotados del campo y la ciudad.

Una cuarta mirada del tema es la proveniente de los partidarios de una democracia participativa. Aun hoy, es más un filón de pensamiento que una tradición constituida. Desde esta perspectiva, organizaciones no gubernamentales, movimientos sociales y asociaciones civiles pueden y deben participar de manera activa en el control de la legalidad y legitimidad de las acciones de gobernadores, funcionarios políticos, jueces y empresas privadas.

En 1990, el asesinato de María Soledad Morales en Catamarca tocó el corazón de un problema central: ¿cómo garantizar la justicia en provincias gobernadas por cuasi “señores feudales”? La respuesta que encontró la sociedad civil fue la movilización social, la ocupación de las calles y del espacio público. El periodismo de investigación también hizo su aporte.

De este modo, la activación de miles de argentinos hizo posible que la elite provincial no tuviese el éxito deseado a la hora de presionar a los jueces. El sendero de una democracia participativa implica deliberación y movilización, concebidas como contrapesos de las asimetrías sociales.

Su carácter superador de las tres perspectivas mencionadas precedentemente radica en el peso decisivo que puede adquirir el protagonismo popular. En suma, en un aprendizaje colectivo tan lejos del republicanismo sedicentemente neutral como de cualquier relación paternalista basada en el mando y la obediencia.

*Investigador del Conicet, doctor en Historia y exvicepresidente de la Sociedad Argentina de Análisis Político