Cuando el medio justifica el fin
La premisa sobre la que se asienta la libertad de expresión es que las voces disidentes, y aun reñidas con los paradigmas e intereses de las mayorías, merecen la posibilidad de manifestarse sin temor a sufrir represalias.
"Ha sido un gran placer para mí sostener la constitucionalidad de leyes que considero malas por completo, porque de esa manera he ayudado a marcar la diferencia entre lo que yo prohibiría y lo que permite la Constitución". La confesión se atribuye a Oliver Wendell Holmes, quien durante tres décadas fue el gran protagonista de la Suprema Corte de Estados Unidos. Es probable que algunos de los jueces de la nuestra, entre aquellos que refrendaron la constitucionalidad de la ley de medios, hayan pensado del mismo modo al suscribir el fallo. Las normas sancionadas por el Congreso, es cierto, se presumen válidas y quien alega lo contrario debe demostrarlo.Muchas personas hemos quedado disconformes con el pronunciamiento de la Corte. No podía ser de otra manera. Cuando los jueces deciden al final de un litigio, toman partido por una de las tesis en pugna y ello, obviamente, no puede satisfacer a las dos partes.En este caso, la mitad del país simpatizante con la causa del Gobierno estará contenta y la otra –disidente–, triste.Los primeros dirán que los magistrados son probos y sabios, aunque hace un par de meses hayan vomitado sapos y culebras por el cachetazo dado por los togados a la tan mentada democratización de la Justicia. Los segundos hablarán de entuertos, arreglos, presiones y conspiraciones, para ayudarse a comprender por qué la mayoría de la Corte pudo haber fallado de esa forma. El proceso judicial, sin embargo, es la única forma civilizada de resolver los conflictos y es necesario que alguien tenga el poder de ponerle fin a la disputa.En nuestro sistema constitucional, la Corte tiene la última palabra y la ha pronunciado; en esta ocasión, claro, sentando un mal precedente para el ejercicio de la libertad de expresión en el país.El juicio que culmina se había iniciado porque el Grupo Clarín cuestionó la validez de las normas contenidas en la ley 26.522 que lo obligan a desprenderse de licencias reduciendo el tamaño de esa empresa comercial y periodística.La mayoría del tribunal sostuvo que con ello no se vulnera ni se restringe la libertad de expresión, porque la ley, precisamente, la promueve en su faz colectiva, estableciendo límites iguales a todos los titulares de licencias. Dicho de otro modo, no hay discriminación alguna contra Clarín y la ley no restringe sino que coadyuva a la libertad de expresión.Una escuela de juristas puros estaría de acuerdo con esta afirmación: confrontando el texto de la ley y sus fundamentos con el fallo y haciendo abstracción de la realidad, concluirían que parecen muy nobles los motivos y los fines de la norma. Pero en la Argentina cotidiana, en la cual el Gobierno ha elegido públicamente a Clarín como blanco de sus diatribas y ataques, la idea de los jueces de la Corte no puede menos que provocar algo de asombro.
Finalidad ilegítima
Nadie medianamente informado ignora que la ley de medios nació con la única finalidad de arruinar a ese medio. Corría el año 2009 y el Gobierno venía –como ahora– de sufrir una dura derrota electoral de la que hacía responsable, en gran parte, a Clarín.
Como sucedió cuando se planteó la estatización de Aerolíneas Argentinas y de las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones, también en esa ocasión el oficialismo le propuso al arco político opositor y a la sociedad en su conjunto una opción diabólica: si se cuestionaba la iniciativa, entonces se estaba a favor de los monopolios y de un régimen legal nacido en épocas de oscuro autoritarismo; si se estaba a favor, se terminaba apoyando una iniciativa prohijada por el Gobierno con la excusa de contribuir con ella a la democracia y a la libertad de expresión. Muchos, de buena fe pero en forma ingenua, acompañaron la sanción de una ley de la cual hoy están arrepentidos.
La gravedad del asunto, tanto entonces como ahora, radica en que con el nuevo régimen legal el Gobierno busca infligir un daño a un órgano de prensa que, con razón o sin ella, no le resulta propicio. Pretende castigar al díscolo dándole su merecido.
Esta finalidad ilegítima bastaría para descalificar desde el arranque la mejor de las normas, porque legislar para perjudicar a otro es arbitrario, no es razonable; y lo irrazonable es inconstitucional.
La premisa sobre la que se asienta la libertad de expresión es que las voces disidentes, y aun reñidas con los paradigmas e intereses de las mayorías, merecen la posibilidad de manifestarse sin temor a sufrir represalias.
Las lisonjas de los amigos, obviamente, no requieren de semejante protección; tampoco la necesitan los corifeos de ideas y opiniones compartidas desde el poder.
El fallo de la Corte es un retroceso en materia de libertad de expresión. Viendo sólo los árboles pero renunciando a reconocer el bosque, terminó avalando un ataque encarnizado y direccionado a obtener la derrota de una voz disidente.
La mayoría del tribunal es, así, funcional a una política de persecución por parte del Gobierno en contra de quienes piensan distinto, lo critican o lo investigan. La ley puede no parecer, a simple vista, arbitraria o inconstitucional, pero el fin pretendido sí lo es y la Corte lo ha legitimado convalidando el medio para obtenerlo.

