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Sospechada su imparcialidad, apartan al camarista Gilardoni

Es el presidente de la Cámara de Acusación en la que se sustancia una causa del Registro de la Propiedad.

05 de noviembre de 2011 a las 12:01 a. m.
Sospechada su imparcialidad, apartan al camarista Gilardoni
Defensa propia. Francisco Gilardoni, el presidente de la Cámara de Acusación apartado, dijo que siempre actuó con imparcialidad.

Un tribunal integrado por los camaristas Eduardo Barrios, Alberto Crucella y Hernán Buteler resolvió apartar al juez Francisco Gilardoni, presidente de la Cámara de Acusación, de una causa relacionada con los delitos descubiertos en el Registro de la Propiedad. La decisión es importante, porque se inscribe en el marco de una serie de medidas procesales y administrativas que pusieron a dos de los habituales miembros de la Cámara de Acusación (el propio Gilardoni y el vocal Carlos Salazar) bajo graves sospechas.También porque la Cámara de Acusación es el tribunal que –en términos comprensibles– puede definir cuáles causas llegan o no a juicio oral, a raíz de que es la última instancia de apelación previa al juicio en las causas penales.Como informó este diario, semanas atrás, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba (TSJ) dispuso el apartamiento de Salazar de la sustanciación del caso caratulado "Petrone y García", y la integración de otro tribunal para decidir la suerte de Gilardoni. Todo, a raíz de que las medidas tomadas por estos dos magistrados en ese expediente comprometían la transparencia.Las integrantes de la Sala Penal del TSJ, María Esther Cafure de Battistelli, Aída Tarditti y María de las Mercedes Blanc de Arabel, no sólo cuestionaron las conductas de Gilardoni y de Salazar; también decidieron remitir estos antecedentes al Tribunal de Ética de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial para que juzgue el proceder de estos jueces.Para el TSJ, la conducta de Gilardoni "dista en mucho de un obrar con debida diligencia y apego al marco legal". La nueva resolución. El jueves último, a la hora de resolver el pedido de apartamiento de Gilardoni, los jueces Barrios, Crucella y Buteler recordaron que había sido la propia Sala Penal del TSJ la que, "en un categórico y sumamente pormenorizado decisorio", había enumerado "una serie secuencial de actos jurídicos procesales, y de omisiones específicas también, que, a juicio del alto cuerpo, evidencian lo que dio en denominar 'falta de transparencia' en la tramitación y estudio de la causa". En este sentido, los jueces entendieron que "no quedan dudas, como lo acepta y consiente el propio vocal recusado, de que corresponde excluir al juez cuando en el proceso de que se trate, se detecta la existencia de actos u otras circunstancias llevados a cabo por él que, en forma objetivamente contrastable, permitan afirmar que existen dudas razonables con respecto a su futuro desempeño imparcial en el proceso".