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El TSJ exige guardias mínimas a empleados de la Policía Judicial

Según el TSJ, será considerada "falta grave" incumplir con las disposiciones de ese organismo. Sigue el reclamo de los empleados.

10 de junio de 2010 a las 11:25 a. m.
El TSJ exige guardias mínimas a empleados de la Policía Judicial

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) exigió a los empleados de Policía Judicial que cumplan con guardias mínimas durante los paros, para evitar las demoras en la realización de peritajes y el traslado de cadáveres, pero el gremio rechazó la acordada.El TSJ llamó a "salvaguardar la prestación inmediata y continua del servicio y evitar la omisión de diligencias que desemboquen en situaciones que vulneran la paz social y conmueven la ética pública", bajo pena de aplicar sanciones a "los encargados de su ejecución" y a los "agentes afectados".A las 10 de hoy, los empleados judiciales iniciaron asambleas con "abandono de tarea" y por la tarde, Irina Santesteban, titular del gremio, será recibida por el administrador del Poder Judicial, Gustavo Porcel de Peralta, para discutir el tema.En la acordada, el TSJ establece que las tareas de la Policía Judicial son un servicio esencial, una medida que cuestiona el gremio. "Que nos digan directamente que los empleados no pueden hacer paro", protestó Sanesteban."No somos un servicio público escencial por lo que no tenemos la obligación de cumplir con guardias mínimas", dijo la dirigente a La Voz. La semana próxima habrá un paro de 24 horas en día a definir.Cadáveres en las calles. El martes, nuevamente, hubo dificultades  con las tareas de Policía Judicial en la vía pública, registrándose demoras en el traslado de un hombre fallecido por una descompensación en la calle La Rioja al 130, en pleno centro de la ciudad de Córdoba (ver Sigue el reclamo de la Policía Judicial 07.06.2010). En los últimos días de mayo, también, hubo varios casos similares (ver  No retiran cadáveres por protesta en Policía Judicial 27.05.2010).Según un comunicado oficial, el TSJ tomó la decisión de ordenar las guardias mínimas a causa de las "medidas de acción directa" dispuestas por la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial (Agepj), que "entorpecen y dificultan la normal prestación las tareas".La resolución remarca que en el "Estatuto de la Policía Judicial" (Ley Provincial Nº 8765) se establece que la prestación es un "servicio público esencial", que debe garantizarse "durante las veinticuatro horas del día y todos los días del año".