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Afip pone bajo la lupa a quienes compran dólares

El fisco envió cartas de inducción a contribuyentes que compraron divisas en forma frecuente.

01 de diciembre de 2010 a las 12:01 a. m.
Afip pone bajo la lupa a quienes compran dólares

En los últimos días, miles de personas se sorprendieron al recibir una carta de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), donde se le advierten inconsistencias entre su capacidad contributiva y la compra de dólares. Se trata de otra más de las acciones del fisco nacional (en este caso, la campaña 729) que buscan, por medio de la "inducción" que los contribuyentes regularicen su situación.En esta oportunidad, se realizó un cruzamiento de datos entre los adquirentes de moneda extranjera (datos que informan las casas de cambio) y las declaraciones juradas de la Afip. Si esta tarea detecta "inconsistencias", el fisco envía la carta. Muchos de quienes la recibieron son jubilados que habían comprado, incluso, menos de 500 dólares cada vez. Las inconsistencias tienen que ver con la falta de registración de la persona como contribuyente (en los impuestos a las Ganancias, o al Valor Agregado, o como monotributista), o la falta de presentación de la declaración del Impuesto sobre los Bienes Personales. Esto quiere decir que, según la información con la que cuenta la Afip, esa persona no tiene "capacidad contributiva" para acumular la cantidad de dólares prevista.Según explicaron desde el fisco, no hay montos determinados para enviar las misivas, sino que esto se toma en base a los parámetros de ingresos y compras de cada persona.A su vez, aclaran que el organismo recaudador no necesariamente incorpora todas las variables de ingreso al cruzamiento de datos. Sucedió, por ejemplo, que muchos jubilados reciben pensiones del exterior (que podrían justificar las operaciones en moneda extranjera) pero que la Afip no registró y por eso se envió la carta.Si el involucrado puede justificar la compra de dólares con sus ingresos (demostrables) no tendrá problemas. Cómo funciona. Cuando un particular va a comprar dólares a un banco o una casa de cambio debe identificarse con su documento de identidad. Sólo en caso de que el monto supere los 10 mil pesos por vez, debe llenar una declaración jurada. La posesión de moneda extranjera debe ser informada a la Afip en la declaración anual (en abril) del impuesto a los Bienes Personales, siempre y cuando, la persona tenga un patrimonio superior a 305 mil pesos.Si a quien le llegó la carta no tiene que declarar este impuesto y tiene sus ingresos justificados, no tiene que hacer nada. En caso contrario, deberá realizar las declaraciones en su momento.