La violencia contra la mujer
El proyecto de modificar el Código Penal y establecer la figura del femicidio merece un debate a fondo y sin premura.
El proyecto presentado por la diputada nacional Cecilia Merchán (Córdoba) y otros legisladores para reformar el Código Penal e incorporar la figura del femicidio, es decir, el asesinato de mujeres en una situación de violencia de género, merece un debate parlamentario, jurídico, científico y cultural de primer nivel, ya que son muchos los valores que están en juego. La iniciativa prevé endurecer las penas por ese delito, dado que no se admitirían atenuantes como el estado de emoción violenta, además de imponerse condenas más severas para las lesiones encuadradas en ese tipo de acción delictiva.Lo primero que podría decirse es que toda iniciativa que tienda a proteger los derechos de la mujer y sancionar con máxima severidad los delitos de género, debe ser apoyada, porque se trata de uno los grandes flagelos de la modernidad que debe ser erradicado de nuestra cultura. Sin embargo, es necesario analizar el proyecto evaluando todos los recaudos constitucionales, ya que, por caso, hay principios como la igualdad ante ley que pondrían en duda la figura del femicidio, puesto que existe otra figura del Derecho Penal –el homicidio– que comprende tanto a mujeres como hombres en la condición de homicidas o víctimas, y lo mismo sucede con los delitos de maltrato o lesiones leves o graves.Hay otras cuestiones que deben ser consideradas, como que la violencia de género es un término un tanto ambiguo, dado que –bajo la incuestionable defensa de los derechos de la mujer– se revela una concepción profundamente arraigada en nuestra cultura, que hace de ella una persona incapaz, por su supuesta "naturaleza" de víctima, objeto sexual, etcétera, de tener libertad sobre sus elecciones de vida. Estas incluyen, por supuesto, sus relaciones con el otro sexo, sus elecciones amorosas o de pareja por quienes pueden considerarse, por cierto, sujetos violentos. Por ello, sería importante sumar al debate sobre el proyecto de ley de femicidio los casos –cuya estadística supera ampliamente las 260 muertes por violencia machista– de las mujeres que encubren a sus maridos, parejas, novios o amantes que son violentos con ellas, o que violan reiteradamente a sus hijas o hijastras. Este último delito aparece cada vez con mayor frecuencia en la crónica periodística y debe ser atendido por médicos, psicoanalistas e incluso los propios jueces, que reciben miles de denuncias al respecto por año. El proyecto comentado debe, entonces, ser analizado con prudencia y mucha responsabilidad, ya que alude a un tema muy complejo. Y modificar el Código Penal e introducir un nuevo delito es algo que no se puede hacer apresuradamente, ya que requiere de un tiempo de reflexión, de evaluación de las distintas tendencias con el apoyo de estadísticas que permitan tipificar las nuevas modalidades delictuales y sus actores, para tornarlas más condenables.

