Flexibilización. Taxis y remises en Córdoba capital: uno por uno, los cambios que implementará ahora el municipio
El Concejo Deliberante aprobará este jueves una modificación integral del régimen. El proyecto amplía a 10 años la antigüedad permitida para los vehículos, vuelve optativa la adhesión a centrales y agencias, reduce la frecuencia de la ITV, elimina aranceles y digitaliza las habilitaciones.
El Concejo Deliberante de Córdoba aprobará este jueves una reforma de la ordenanza que regula el servicio de taxis y remises. La modificación flexibiliza las condiciones para ingresar y permanecer en el sistema, reduce costos para los licenciatarios y digitaliza los trámites municipales.
El proyecto recibió despacho favorable por mayoría en la Comisión de Servicios Públicos. Su tratamiento había quedado pendiente después de la sanción, en noviembre pasado, del marco regulatorio para las plataformas electrónicas de transporte, como Uber y Didi.
La reforma busca acercar algunas de las exigencias aplicadas a taxis y remises a las condiciones establecidas para los vehículos que trabajan mediante aplicaciones. Sin embargo, mantendrá las diferencias operativas entre los distintos servicios.
En la ciudad funcionan actualmente alrededor de 2.300 taxis y 500 remises. La cantidad se encuentra muy por debajo del cupo máximo, calculado según el número de habitantes, que permite aproximadamente 9.000 unidades entre ambas modalidades.
Antigüedad de los vehículos: el límite llegará a 10 años
La ordenanza vigente establece una vida útil ordinaria de seis años para los taxis y remises. Ese plazo puede extenderse mediante una prórroga de hasta dos años, sujeta al estado técnico y a las inspecciones de cada vehículo.
La reforma fijará un límite general de 10 años de antigüedad. De esta manera, la vida útil permitida para taxis y remises quedará equiparada con la prevista para los automóviles que prestan servicios mediante plataformas electrónicas.

También se modificarán las condiciones para incorporar vehículos usados. El régimen actual contempla situaciones en las que la unidad no puede superar los dos años de antigüedad al momento de ingresar al sistema.
Esa restricción será eliminada. Los titulares podrán incorporar automóviles usados siempre que no excedan el nuevo límite general de 10 años y cumplan las condiciones técnicas y de seguridad.
Leasing: desaparecerá el límite especial
La normativa actual impone condiciones específicas para los vehículos incorporados mediante contratos de leasing. Entre ellas figura una antigüedad máxima de dos años para ingresar al servicio.
La reforma eliminará esa limitación y hará que los automóviles adquiridos mediante esta modalidad queden sujetos a las mismas condiciones generales que el resto de las unidades.
La modificación no suprimirá los controles técnicos ni los requisitos de habilitación. Solamente desaparecerá la diferencia vinculada con la modalidad utilizada para financiar o adquirir el vehículo.
Centrales de radiotaxi: la adhesión será voluntaria
La ordenanza vigente obliga a los taxis a estar vinculados con una central de radiotaxi. Los titulares también deben afrontar pagos por los servicios de recepción de viajes, seguridad y monitoreo.

Con la reforma, la adhesión dejará de ser obligatoria. Cada licenciatario podrá decidir si continúa vinculado con una central y si contrata los servicios ofrecidos.
Las centrales podrán seguir funcionando y recibir pedidos de viajes, pero deberán conseguir la adhesión voluntaria de los taxistas. Un titular podrá prestar el servicio sin pertenecer obligatoriamente a una de ellas.
Agencias de remises: también serán optativas
Los remises deben operar actualmente mediante una agencia habilitada. Esa intermediación es obligatoria para recibir solicitudes y asignar viajes.
El nuevo régimen convertirá esa adhesión en optativa. Los titulares podrán trabajar con una agencia o recibir pedidos mediante llamadas telefónicas, páginas web, aplicaciones y otros canales digitales habilitados.
La modificación no permitirá que los remises levanten pasajeros directamente en la vía pública. Los viajes deberán seguir siendo solicitados previamente, aunque ya no tendrán que gestionarse obligatoriamente mediante una agencia.
Arancel trimestral: se eliminará el pago al municipio
La ordenanza vigente obliga a los licenciatarios de taxis y remises a pagar al municipio un arancel trimestral. El monto equivale al valor de 40 bajadas de bandera.
La reforma eliminará ese cargo periódico. Los titulares deberán continuar cumpliendo las condiciones exigidas para conservar su habilitación, pero ya no tendrán que afrontar ese pago trimestral.
La medida apunta a reducir uno de los costos administrativos que recaen directamente sobre quienes explotan las licencias.

Centrales y agencias podrán fijar sus cánones sin un tope
La normativa actual establece montos máximos para los servicios privados prestados por centrales y agencias. En el caso de las centrales de radiotaxi, los límites alcanzan los cargos por seguridad, monitoreo y canon.
También existe un precio máximo para la adhesión de los remiseros a las agencias. La reforma eliminará esos topes y permitirá que las entidades determinen libremente cuánto cobran por sus prestaciones.
Como la adhesión dejará de ser obligatoria, los licenciatarios podrán aceptar las condiciones ofrecidas, buscar otra alternativa o trabajar sin vincularse con una central o una agencia.
De esta manera, quienes decidan adherirse deberán acordar los valores sin un precio máximo establecido por la normativa municipal.
ITV: la revisión pasará de cuatro a seis meses
Los taxis y remises deben realizar actualmente la Inspección Técnica Vehicular (ITV) cada cuatro meses. Esto representa tres controles obligatorios durante el año.
La reforma extenderá la vigencia de la inspección a seis meses. Las unidades deberán completar dos revisiones anuales, siempre que no se detecten condiciones que justifiquen controles adicionales.
Los vehículos cero kilómetro tendrán un tratamiento diferenciado durante sus primeros dos años. En ese período, la ITV será anual. Una vez cumplido ese plazo, comenzará a aplicarse la frecuencia semestral.
La inspección continuará siendo obligatoria para controlar las condiciones mecánicas y de seguridad de las unidades. El cambio se limitará a los plazos de renovación.
Edad máxima: de 70 a 76 años
El régimen vigente fija en 70 años la edad máxima para conducir un taxi o un remis. La reforma ampliará ese límite hasta los 76 años.
Los trabajadores deberán conservar la licencia profesional, el apto médico y las restantes habilitaciones requeridas. La extensión de la edad no eliminará los controles psicofísicos.
Después de cumplir los 76 años, el titular podrá conservar la licencia municipal, pero no continuar al volante. Para mantener el vehículo en actividad deberá registrar a otro conductor habilitado.

Menos choferes para quienes tienen varias licencias
La ordenanza actual exige dos conductores registrados por cada licencia cuando una persona posee más de una. El requisito establece una cantidad mínima de choferes, aunque las unidades no funcionen durante todo el día.
La reforma reducirá la exigencia a un conductor por cada licencia a partir de la segunda. El titular podrá manejar la primera unidad y deberá registrar un chofer adicional por cada uno de los vehículos restantes.
Una persona con cuatro licencias, por ejemplo, tendrá que contar con tres conductores adicionales. Bajo las condiciones vigentes debe registrar ocho choferes.
Transferencia de licencias sin arancel municipal
La normativa actual establece el pago de un arancel para transferir una licencia de taxi o remis. Ese costo será eliminado.
La operación deberá continuar registrada ante el municipio y cumplir los requisitos correspondientes. La modificación suprimirá el pago, pero no la obligación de formalizar el cambio de titularidad.
Licencias vacantes: del sorteo al orden de inscripción
Actualmente, las licencias disponibles se adjudican mediante sorteos públicos. El mecanismo fue pensado para situaciones en las que la cantidad de interesados superaba el número de licencias vacantes.
La reforma eliminará el sorteo debido a la baja cantidad de unidades activas. Las licencias se asignarán automáticamente según el orden de inscripción en un registro de postulantes.
Quien complete primero el procedimiento y reúna todos los requisitos tendrá prioridad. La adjudicación continuará condicionada a la disponibilidad de licencias y al cumplimiento de las exigencias municipales.
Habilitaciones y documentación digital
El régimen vigente contempla trámites administrativos que incluyen la presentación de documentación y diferentes instancias de control. Parte de los comprobantes también debe llevarse en formato físico dentro del vehículo.
La reforma trasladará el procedimiento a la plataforma municipal Mi Docta. Allí se presentará la documentación necesaria para habilitar al titular, al conductor y a la unidad.
El sistema contará con una libreta digital que concentrará la información de cada vehículo y sus conductores. La Policía Municipal de Tránsito podrá consultar en línea el estado de las habilitaciones durante los controles.
El objetivo es reducir los plazos administrativos para comenzar a trabajar y facilitar la fiscalización. Una vez sancionada la reforma, el Departamento Ejecutivo deberá promulgarla y reglamentar la aplicación de las nuevas condiciones.
Qué aspectos no cambiarán
La modificación mantendrá el sistema municipal de licencias, los seguros obligatorios, los controles técnicos y la necesidad de contar con licencia profesional. También conservará las diferencias centrales entre taxis y remises.
Los taxis podrán continuar levantando pasajeros en la vía pública y utilizando taxímetro. Los remises deberán recibir una solicitud previa, aunque podrán hacerlo sin la intermediación obligatoria de una agencia.
El núcleo de la reforma se concentra en la antigüedad de los vehículos, la relación con centrales y agencias, la frecuencia de la ITV, la cantidad de conductores y los costos administrativos. La sanción definitiva está prevista para la sesión de este jueves.

