Sin reglas claras, la decisión es del juez o del médico
El fallo a favor de la Apross cobra trascendencia por el vacío legal existente en el país en materia de reproducción asistida y por el debate que se viene en el Congreso. Laura Leonelli.
El fallo a favor de la Apross cobra trascendencia por el vacío legal existente en el país en materia de reproducción asistida y por el debate que se viene en el Congreso. Una de las aristas es la discusión sobre si las obras sociales y las prepagas deben cubrir los tratamientos en casos de infertilidad. Y, si la respuesta es afirmativa, cuál es el límite de la edad de la mujer, de la cantidad de intentos, y si se debe incluir el tratamiento con material genético ajeno a la pareja.Hace dos semanas, la Comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados firmó un dictamen a favor de un proyecto que incorpora la cobertura de la infertilidad al Programa Médico Obligatorio y establece un "régimen de accesibilidad y regulación" de las técnicas para concebir. Ahora debe pasar por la Comisión de Presupuesto y Hacienda y, si allí obtiene otro dictamen positivo, la iniciativa se debatirá en el recinto. La necesidad de reglamentación es imperiosa: al no existir una ley que obligue a cubrir tratamientos de infertilidad, abundan los casos que prosperan a través de amparos judiciales. Como consecuencia, todo depende del criterio del juez. Por ejemplo, en mayo pasado, en un caso similar al publicado hoy, la Justicia de Santa Fe falló lo contrario: favoreció a una mujer que pidió la cobertura de los costos del tratamiento de fertilización asistida con donación de óvulos a la obra social provincial, Iapos.Otra necesidad, urgente, radica en que en Argentina no existe una norma que regule la reproducción asistida en general. Entre los países que sí legislaron el tema, algunos directamente prohíben la inseminación con material genético ajeno a la pareja. Entre los que sí la admiten, hay diferentes reglas en cuanto al derecho o no del concebido a saber la identidad del donante. Debido a este vacío legal existente en el país y al principio de que todo lo que no está prohibido está permitido, los médicos pueden hacer –y hacen– todo tipo de intervenciones: el único límite es su conciencia. Y cuando también es un gran negocio, la necesidad de que existan reglas claras se acrecienta. Por razones éticas y para darles solución a consecuencias jurídicas que pueden suscitarse, por ejemplo, en cuestiones de filiación. Es que aquí no sólo están involucrados los intereses de los médicos y de las personas deseosas de ser padres, sino también los de los niños que son y seguirán siendo concebidos con estas técnicas.

