Hay un divorcio cada dos matrimonios
La cifra en la capital cordobesa coincide con el promedio nacional. Entre los jóvenes, hay más convivencias que casamientos.
Le ley que permitió el divorcio vincular cumple este mes 25 años de existencia en una Argentina donde cada dos casamientos celebrados se registra uno que se disuelve y donde, entre los jóvenes, priman las convivencias sobre los matrimonios. En la ciudad de Córdoba, en los últimos cinco años hubo 24.609 casamientos contra 11.842 divorcios. Es decir, cada dos matrimonios que anota el Registro Civil, la Justicia tramita la disolución de otro. Los datos son del Registro Civil de la ciudad de Córdoba y de la Cámara de Familia provincial.Por el lado del matrimonio, cada vez son menos las personas que eligen esa vía para compartir la vida. Basta con analizar los resultados del Censo 2010. Sobre la población mayor de 14 años, cuatro de cada 10 personas que conviven con otro no tienen "papeles".Pero la proporción se invierte entre los más jóvenes: entre las personas de 20 a 35 años, la cantidad de personas que conviven con su pareja sin casarse asciende al 65 por ciento.Por el lado de las separaciones, mucho cambió en estos 25 años: los divorcios por "culpa" (ejemplo: adulterio, injuria grave) de algunos de los cónyuges pasaron a ser excepcionales y es cada vez más común la "presentación conjunta". "Es uno de los mayores cambios", advierte María Virginia Bertoldi de Fourcade, camarista de Familia. La jurista calcula que 90 por ciento de los casos que tramita son por presentación conjunta. Y sólo 10 por ciento de ese 10 por ciento restante es por "culpa" (el resto, por "separación de hecho sin voluntad de unirse")."No significa que no haya conflicto antes, durante o después del divorcio. Sucede que hay acuerdo en divorciarse, pero lo contencioso pasa por otras cuestiones: tenencia de los chicos, cuota alimentaria, régimen de visita, liquidación de la sociedad conyugal", continúa.Otra tendencia que señala Bertoldi, quien está en el fuero de Familia desde su creación (1988,) es que los matrimonios duran cada vez menos. Reformas. Para llegar al divorcio con la consecuente posibilidad de volver a casarse, Argentina vivió un largo proceso de reformas. El Código Civil original (mediados siglo XIX) contemplaba la celebración canónica del matrimonio y era la propia Iglesia Católica la que resolvía los divorcios. Sólo en los casamientos entre no católicos, que también se hacían según los ritos de la religión que profesaban, un tribunal civil decidía las separaciones –que dividían los patrimonios pero no permitían volver a contraer matrimonio–.La forma civil obligatoria del matrimonio vino en 1889, con la ley 2.393. Si bien permitía además casarse por Iglesia, la norma fue criticada por sectores católicos con el argumento de que el matrimonio civil debía ser optativo (no imperativo) con el religioso. Además, el vínculo continuaba siendo indisoluble, por lo que no había opción de contraer segundas nupcias.Casi seis décadas después, en 1955, una fugaz ley, que le costó al segundo gobierno de Juan Perón enfrentamientos con la Iglesia, permitió el divorcio vincular y la consecuente posibilidad de volver a casarse. No duró mucho: en marzo de 1956 un decreto del gobierno militar que derrocó al entonces presidente suspendió esa posibilidad.Recién 31 años después, en junio de 1987, con los aires de la democracia renovados durante el gobierno de Raúl Alfonsín, el Congreso dictó la ley 23.515 que incorporó el divorcio vincular. Y miles de parejas pudieron legalizar sus nuevas uniones. Y en julio cumple dos años la ley que permite el casamiento entre personas del mismo sexo. El futuro. El proyecto de reforma del Código Civil que presentó hace unos días el Ejecutivo en el Senado legisla sobre la realidad de hoy: por un lado, elimina la posibilidad de divorciarse con la invocación de "culpa" del otro y prevé un régimen básico para las convivencias que no pasan por el Registro Civil. De esta manera, si la iniciativa se hace ley, bastará la voluntad unilateral de uno de los cónyuges para lograr el divorcio que, además, tendrá un trámite más rápido.Paralelamente, por primera vez en Argentina, las uniones de hecho se regirán por "pactos" decididos por la propia pareja. Podrán regular la contribución a los gastos del hogar común durante la convivencia y, en caso de ruptura, la atribución de la vivienda y la división de los bienes comprados por el esfuerzo común. Además, a falta de pactos, se prevé un marco regulatorio mínimo.
La historia de la ley
1955. Una fugaz ley, que le costó al segundo gobierno de Juan Perón enfrentamientos con la Iglesia, permitió el divorcio vincular y la consecuente posibilidad de volver a casarse.
1956. No duró mucho: un decreto del gobierno militar que derrocó al entonces presidente suspendió esa posibilidad.
1987. Con los aires de la democracia renovados durante el gobierno de Raúl Alfonsín, el Congreso Nacional dictó la ley 23.515 que incorporó el divorcio vincular.
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