Las empleadas tendrán que estar registradas
Ya está vigente en www.afip.gov.ar el registro de personal y empleadores de casas particulares.
17 de mayo de 2013 a las 12:01 a. m.
Ya está vigente en www.afip.gov.ar el registro de personal y empleadores de casas particulares. El trámite tiene que hacerlo el empleador, con clave fiscal y el Cuil de la trabajadora. Hay plazo hasta el 30 de junio.Se debe registrar a todo el personal, tanto los que tengan aportes como los que no y aún los que trabajan una hora a la semana. Fuentes de Afip indicaron ayer a este diario que "aún no hay datos" sobre la marcha del registro.La inscripción funciona como un blanqueo, porque se inscribe la relación laboral con la fecha en que se registra y no se piden, de corresponder, aportes atrasados.

