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Efectivos con denuncias por violencia familiar no podrán portar armas fuera de su trabajo

La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial, tras las reiteradas denuncias contra policías, gendarmes y prefectos.

15 de enero de 2013 a las 10:55 a. m.
Agencia DYN
Efectivos con denuncias por violencia familiar no podrán portar armas fuera de su trabajo
SIN EL ARMA. Efectivos denunciados tendrán que dejar sus armas en donde prestan servicio (LaVoz/Archivo).

Policías, gendarmes y prefectos que tengan denuncias por violencia familiar o sufran enfermedades psiquiátricas solo podrán portar armas en el lugar donde prestan servicio y no podrán llevárselas a sus casas, según determinó el Ministerio de Seguridad.

La medida fue adoptada luego de las reiteradas denuncias contra Policías y otras fuerzas de seguridad por hechos de violencia familiar, lesiones y uso abusivo de las armas, de acuerdo a la resolución 1515 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La norma también establece que aquellos efectivos de fuerzas de seguridad en actividad o situación de retiro, que hayan sido exonerados o dados de baja obligatoriamente por sanciones disciplinarias, no podrán acceder ni mantener la condición de legítimo portador de armas. Según el ministerio, se trata de una medida más para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, ya que la situación de violencia de género o familiar puede verse agravada por la tenencia, portación y transporte de las armas.

Licencias psiquiátricas. Asimismo, en el caso de integrantes de fuerzas de seguridad con licencias psiquiátricas, la resolución establece que la restricción es para evitar riesgos para sí o para terceros.

A su vez, la medida indica que si el efectivo tiene una denuncia, sufre un cuadro psiquiátrico o fue pasado a disponibilidad, se deberá modificar o suspender preventivamente la condición de legítimo usuario y la portación de armas y municiones particulares registradas a través de las autoridades.

La norma también prevé que, en el caso de que la función del personal de seguridad impida sacarle el arma, se evaluará el caso y se le restringirá su uso.

Medidas. Además, se informó que ante la situación de tener que efectuarse esta restricción, cada fuerza deberá poner en conocimiento al Registro Nacional de Armas (Renar), dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

A su vez, la autorización para la adquisición, tenencia y portación la dará el Comando General de la fuerza a la cual pertenezca el interesado y la autorización se fundará en el estudio de los antecedentes personales y militares de aquel que la peticione.

La restricción rige para miembros de la Policía Federal, Prefectura Naval, Gendarmería Nacional y Policía Aeroportuaria y deberá comenzar a implementarse dentro los 30 días.