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Una decisión anunciada

La Cámara Tercera de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba decidió que, en la práctica, ninguna mujer, ninguna, puede acceder a un aborto no punible en los hospitales provinciales.

22 de mayo de 2013 a las 03:02 p. m.
Redacción La Voz
Una decisión anunciada

La Cámara Tercera de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba decidió que, en la práctica, ninguna mujer, ninguna, puede acceder a un aborto no punible en los hospitales provinciales. Es decir, ordenó que en esos establecimientos no se realicen los casos excepcionales de interrupción voluntaria de embarazo reconocidos por el Código Penal desde 1921. Con esa decisión, la Cámara contraría el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de marzo de 2012, en el que se solicitó la implementación de protocolos hospitalarios para la atención de abortos no punibles y, a los jueces, "abstenerse de judicializar el acceso a estas intervenciones".En la práctica, según el criterio de la Cámara, ninguna mujer, ninguna, podrá acceder a un aborto en los hospitales provinciales, ni siquiera en los casos en los que hay mayor consenso: cuando la mujer puede morir si continúa la gestación. No hay país en el mundo con leyes, o interpretaciones de estas, que tenga un criterio tan restrictivo como el sostenido por este tribunal (ver http://worldabortionlaws.com).A pesar de esa distancia entre la decisión de la Cámara y las leyes y precedentes judiciales argentinos y mundiales, la sentencia no sorprende. El juez Guillermo Barrera Buteler, que se encargó de dar los fundamentos en la sentencia (a los cuales se plegó el resto de la Cámara), había sido recusado sin éxito por la Provincia. El pedido provincial se basó en que el magistrado –vicedecano de la Facultad de Derecho de la UNC– habría adelantado opinión en el artículo Fallo letal, que critica la decisión de la Corte. No sorprende, además, porque Barrera Buteler se incorporó en 2011 a la Academia del Plata, la que reconoce como objetivo en su sitio web ser "tribuna activa de la Iglesia". Cuando el juez se integró, presentó la disertación "Derechos constitucionales del niño por nacer" y expuso muchos de los argumentos que hoy se leen en su sentencia.