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La Corte Suprema anuló un traslado de antenas

Un caso de General Güemes, Salta, llegó al tribunal. El municipio pretendía retirarlas de la ciudad.

05 de julio de 2019 a las 12:15 a. m.
La Corte Suprema anuló un traslado de antenas
Jurisdicción. Para la Corte, es de competencia federal. (La Voz / Archivo)

La Corte Suprema de Justicia resolvió impedir el traslado de antenas de telefonía, después de que el municipio de General Güemes, en Salta, decidió la relocalización a zonas no urbanas.

Con los votos de los jueces Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal declaró la inconstitucionalidad de una ordenanza del municipio que había autorizado reubicarlas. Argumentó que, al decidir sobre esa cuestión, la jurisdicción “interfiere en competencia regulatoria federal”.

Dos jueces –Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti– se expresaron en disidencia y sí reconocieron la competencia constitucional de los municipios para regular cuestiones referidas al planeamiento urbano. Sin embargo, la mayoría de la Corte Suprema entendió que el municipio “se entrometió en aspectos vinculados al funcionamiento y la organización de un servicio interjurisdiccional que, conforme la Constitución Nacional, es de competencia federal”.

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En 2010, la Municipalidad de General Güemes había dispuesto la relocalización de esa infraestructura a zonas no urbanas, ya que había sido instalada en puntos no próximos a establecimientos educativos, sociales y deportivos.

En su momento, el Gobierno municipal alegó que “todas las administraciones tienen la capacidad de legislar en materia de salud”.

Pese a esto, las empresas Telefónica Móviles Argentina y Telefónica de Argentina consideraron que “esa decisión no era legal y recurrieron a la Justicia”. La demanda había sido rechazada en primera y en segunda instancia.