Justicia. Condenaron a 15 años a una mujer que mató a su esposo: la defensa aseguró que fue víctima de violencia
El Tribunal Oral en lo Criminal N°4 de Morón dictó la sentencia contra Cecilia Morales por el homicidio de Alcides Jorge Junco. Mientras la Justicia habla de "violencia mutua", la defensa apeló el fallo sosteniendo que la mujer actuó en legítima defensa tras años de maltratos.
El sistema judicial de Morón se encuentra en el centro de un intenso debate legal tras la condena a 15 años de prisión impuesta a Cecilia Morales, hallada culpable de matar a su esposo, Alcides Jorge Junco, durante una fuerte discusión en su vivienda de la localidad de Mariano Acosta, partido de Merlo.
El hecho ocurrió el 23 de marzo de 2025 en una propiedad ubicada sobre la calle Condarco al 2000. Según la investigación, Morales utilizó una cuchilla tipo carnicero para apuñalar a Junco directamente en la zona cardíaca, provocándole una hemorragia interna fatal.
Tras el suceso, fue la propia mujer quien llamó a la policía y confesó el crimen al llegar los efectivos, mostrándose en un estado de alto nerviosismo.
Un vínculo marcado por la degradación
A pesar de que el caso fue caratulado originalmente como homicidio agravado por el vínculo, el cual suele conllevar la pena de prisión perpetua, los jueces Rodolfo Castañares, Carlos Roberto Torti y Verónica Vanesa Gerez decidieron reducir la condena.
El Tribunal aplicó la figura de “circunstancias extraordinarias de atenuación”, argumentando que la pareja mantenía una relación sumamente tóxica y degradada, caracterizada por agresiones verbales y violencia permanente.
La víctima, Alcides Jorge Junco, era una figura conocida en la zona por ser el titular de la Fundación Pascua, una organización dedicada a la recuperación de personas con adicciones. Morales, por su parte, se desempeñaba como administradora de dicha institución.
¿Legítima defensa o voluntad de matar?
El punto de mayor fricción radica en la interpretación de los hechos. Durante el juicio, Morales relató que aquel día su marido intentó asfixiarla en el baño tras quitarle el celular.
Según su testimonio, logró escapar hacia la cocina, donde él la habría atacado con la cuchilla en las piernas. "Forcejeamos, y en ese forcejeo yo se la logro sacar. Ahí es cuando yo temía que se me venga encima y se la clavo en el corazón", declaró la imputada.
Sin embargo, las pericias médicas fueron determinantes para los jueces:
- Se constataron heridas en la cabeza, cuello y piernas de Morales.
- No obstante, el Tribunal señaló que las lesiones en las extremidades no fueron provocadas en el momento exacto del crimen.
- Las heridas en el cuello y cabeza se habrían producido cuando la agresión ya "no era inminente".
- Bajo esta lógica, el fallo determinó que la acción de Morales dejó de ser defensiva para convertirse en una "voluntad de causar la muerte".
La apelación
La defensa de Morales no tardó en presentar un recurso ante la Cámara de Casación. Insisten en que no hubo intención de matar, sino que Morales se defendió de un ataque en un contexto de violencia de género.
Argumentan que los jueces rechazaron la hipótesis de legítima defensa por supuesta falta de pruebas, a pesar de los testimonios que confirmaban el historial de violencia en la pareja.


