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Río Cuarto va a la Corte Suprema por el horario de las tragamonedas

Es por el fallo del Tribunal Superior que el impide al municipio del sur establecer los horarios de las slots.

01 de septiembre de 2014 a las 02:33 p. m.
Río Cuarto va a la Corte Suprema por el horario de las tragamonedas

La Municipalidad de Río Cuarto interpuso hoy un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra la reciente sentencia del Superior Tribunal de Justicia que declaró inconstitucional la ordenanza 262/09, referida a la imposición de horarios de funcionamiento para los tragamonedas en la ciudad.

El municipio califica la sentencia del máximo tribunal cordobés como “inconstitucional, irrazonable, arbitraria e incongruente” y opina que “debe ser descalificada” por el máximo Tribunal Federal de la Nación.

La considera  “violatoria de los artículos de la Constitución Provincial y concordantes de la Carta Orgánica Municipal de Río Cuarto que reconocen ampliamente la autonomía municipal y su competencia en materia de salubridad y moralidad”.

La nueva presentación sostiene que el fallo producido en Córdoba el 15 de agosto pasado, “desconoce otras normas constitucionales federales, como el art. 18 sobre el debido proceso, el art. 19 de moral pública, el art. 28 sobre el derecho al debido proceso sustantivo, el art. 31 sobre supremacía constitucional y el art. 42 con respecto a la salud pública”.  Con todo, remarca que el recurso extraordinario se encuentra fundado en las causales de “arbitrariedad” y de “gravedad institucional” creadas por la jurisprudencia de la Corte.

El abogado del municipio, Antonio María Hernández, argumentó que la Municipalidad de Río Cuarto, “en ejercicio de sus atribuciones constitucionales en el poder de policía de salubridad y moralidad,  intentó limitar el horario de explotación  de las salas de juegos de azar, ya que los daños ocasionados por la ludopatía  por la apertura de las mismas durante 24 horas, en los sectores populares, son de enorme gravedad”.

Controversia

El fallo del Superior Tribunal se produjo hace 15 días, a cinco años de la acción interpuesta por la Concesionaria de Entretenimientos y Turismo, Cet S.A. El máximo órgano judicial de la Provincia declaró  la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ordenanza  municipal 262/09, que impedía abrir las slots a la mañana y a la siesta, por “principios de supremacía constitucional” y razones de “seguridad jurídica”.

Los jueces argumentaron que hubo un acuerdo firmado en el 2004 por la Provincia, la Lotería y varios Municipios, entre los que se encuentra Río Cuarto, en que las partes reconocieron “la juridicción exclusiva de la Provincia en cuanto a la autorización de la licencia y control de slots y declaran aceptar el marco normativo vigente”.