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Promulgan ley que avala el aumento de la cuota al FMI

Fue a través de su publicación en el Boletín Oficial.

10 de mayo de 2013 a las 11:12 a. m.
Agencia DyN
Promulgan ley que avala el aumento de la cuota al FMI

El Gobierno promulgó la ley que avala el aumento de la cuota que paga al Fondo Monetario Internacional (FMI), a través de su publicación en el Boletín Oficial.

La norma 26.849 había sido sancionada el 17 de abril pasado, tras un extenso debate para aprobar tres proyectos de reforma judicial.

La iniciativa, por la cual la Argentina deberá capitalizar al FMI con un monto de aproximadamente 4.800 millones de dólares en los próximos años, fue aprobada en general por 148 votos positivos y 21 negativos.

Según explicó entonces el presidente de la comisión de Presupuesto, Roberto Feletti, el incremento de la cuota permitirá "aumentar la capacidad de préstamo del organismo" y de otra forma reconoce "el mayor peso específico de los países emergentes" en el FMI.

De acuerdo con la norma, la Argentina aumentará su participación en 1.070, 2 millones de Derechos Especiales de Giro (DEG), la moneda que utiliza el FMI, es decir algo más de 1.600 millones de dólares, hasta alcanzar los 3.187,3 millones de DEG, lo que representa casi 4.800 millones de dólares.

La reglamentación establece que el incremento -aprobado en la Decimocuarta Revisión General de Cuotas del FMI- se hará efectivo integrando el 25 por ciento del aumento en DEG o en la moneda que el organismo multilateral determine y el 75 por ciento restante en pesos.

Esto significa que se deberá pagar 267,55 millones de DEG, el equivalente a poco más de 400 millones de dólares, en la moneda del FMI o en otra que ese organismo indique y el resto, es decir el equivalente a 802,65 DEG, unos 1.200 millones de dólares, en pesos.

Normativa. La Reglamentación autoriza al Banco Central (BCRA) a emitir "valores no negociables, que no devengarán intereses, pagaderos a la vista, los cuales serán entregados al FMI con el fin de cancelar el 75 por ciento del aumento a pagarse en moneda de la República Argentina".

"En el caso de que el FMI requiera la sustitución de los valores referidos por moneda, el BCRA deberá contar con los correspondientes aportes de contrapartida que serán proporcionados por la Secretaría de Hacienda", expresa la normativa.

Por otra parte, se autoriza a la Autoridad Monetaria a "efectuar, en nombre y por cuenta de la República Argentina, los pagos que fueran necesarios para cancelar el 25 por ciento del aumento a integrarse en DEG, total o parcialmente, o bien en las monedas de otros países miembros del FMI".

Para ello, el BCRA deberá recibir "instrumentos de deuda que proporcionará el Ministerio de Economía" que, a su vez, deberá emitir "una o más letras intransferibles, denominadas en dólares, amortizables íntegramente al vencimiento", a un plazo de 10 años, que devengarán un interés "igual a la que devenguen las reservas internacionales del BCRA por el mismo período, hasta un máximo" equivalente a la LIBOR (la tasa interbancaria del mercado londinense) "menos un punto porcentual y cuyos intereses se cancelarán semestralmente".