Insisten con examen compulsivo de ADN en caso Noble Herrera
Los abogados de los hermanos consideraron que el pronunciamiento de Casación es "inconstitucional".
La Cámara Nacional de Casación Penal ratificó hoy el fallo que dispone la extracción compulsiva de muestras corporales a los hermanos Marcela y Felipe Noble Herrera para establecer el patrón genético de ambos.El fallo, que fue dictado por unanimidad por la Sala Segunda de la Cámara, dejó abierta la posibilidad de que los abogados de los Noble Herrera apelen la decisión ante la Corte Suprema de Justicia.Apelación. Al respecto, los letrados recordaron los precedentes que avalarían su presentación y señalaron que la Corte ha determinado que "no existe convención ni costumbre internacional que habilite a un Estado a cumplir un mandato internacional negando o violando otro".Los jueces Raúl Madueño, Luis García y Guillermo Yacobucci confirmaron un fallo de primera instancia de la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, que ya había sido respaldado por la Cámara Federal de San Martín, para que mediante métodos invasivos sean tomadas muestras de las cuales extraer la cadena de ADN de ambos hermanos.Arroyo Salgado pretende entrecruzar esas muestras con las que están contenidas en el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) que funciona en el hospital Durand, para determinar si los Noble Herrera son o no hijos de desaparecidos.Recurso extraordinario. Pese al aval de la Casación, la extracción compulsiva no se realizará en el corto plazo, ya que el fallo es apelable ante la Corte Suprema mediante un "recurso extraordinario", cuya sola interposición significará que la medida no se llevará a cabo hasta tanto se pronuncie el máximo tribunal.Los abogados de los hermanos consideraron que el pronunciamiento de Casación es "inconstitucional" porque "desconoce precedentes de la Corte y vulnera tratados internacionales de derechos humanos".Con este fallo, Casación ratificó la decisión de "hacer lugar a la medida de prueba solicitada por la querella Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, disponiendo así la extracción directa, con o sin consentimiento, de mínimas muestras de sangre, saliva, piel, cabello u otras muestras biológicas pertenecientes en forma indubitada a Marcela y Felipe Noble Herrera".El caso. La historia de la determinación del patrón genético de los hermanos lleva ocho años de vigencia y ya le ha aportado a la causa tres muestras para obtener el ADN, la primera de 2003, cuando ambos hermanos solicitaron someterse al examen de sangre y saliva de modo voluntario. Al año siguiente, el juez Conrado Bergesio aceptó el ofrecimiento y ordenó que la extracción se haga en sede judicial bajo el "método de exclusión", que consiste en obtener elementos que puedan corroborar o descartar el parentesco. Pero a partir del año 2005, las apelaciones de los querellantes demoraron la prueba. La decisión de Bergesio fue confirmada por la Cámara de Casación (2007) y luego por la Corte Suprema (2008) y recién a fines de 2009 se realizó la extracción voluntaria de sangre y saliva a los hermanos en el Cuerpo Médico Forense.BNDG. En tanto, los querellantes exigen que los exámenes se realicen en BNDG, que es un organismo autónomo, aunque depende del gobierno nacional.Un día después de aquella extracción, el 29 de diciembre, se produjo el primer allanamiento en los domicilios de Marcela y Felipe, desde donde se retiraron prendas y elementos personales. Al año siguiente, la jueza Arroyo Salgado ordenó una persecución policial callejera que terminó en el secuestro de la ropa de ambos. A mediados de noviembre de 2010, los peritos determinaron que las muestras de sangre y saliva entregadas eran aptas para el análisis, aunque un mes después fue la misma jueza quien ordenóuna nueva extracción de sangre, en este caso compulsiva, que originó la causa que llegó a Casación. El paso siguiente para los abogados de Marcela y Felipe será la apelación ante la Corte, ya que la misma registra fallos anteriores por los cuáles ha considerado "inconstitucional" casos de extracción compulsiva de sangre efectuada a mayores de edad no imputados de delito alguno, tal como es este caso.Además, en su pronunciamiento, el Tribunal limitó la comparación de los datos genéticos a obtener con los registros de familiares de desaparecidos hasta el 13 de mayo de 1976, en el caso de Marcela y hasta el 7 de julio del mismo año, en el de Felipe.

