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Cómo es la exención del medio aguinaldo de Ganancias

Quienes cobren por el sueldo anual complementario hasta $ 15.000 netos, no tributarán sobre este rubro. Quienes ganen más y no superen los $ 55.000 en bruto, pagarán sólo sobre el excedente.

14 de diciembre de 2016 a las 12:58 p. m.
Cómo es la exención del medio aguinaldo de Ganancias

El Gobierno nacional oficializó hoy la exención del medio aguinaldo del pago del Impuesto a las Ganancias para parte de los trabajadores y jubilados.

Así funcionará el beneficio:

Se establece una deducción especial adicional de 15 mil pesos, al momento de calcular el tributo sobre la segunda cuota del sueldo anual complementario (SAC) de 2016, que se paga en diciembre.

Sólo opera este beneficio cuando el haber bruto mensual de empleados o jubilados no haya superado los 55 mil pesos en ningún mes entre julio y diciembre de este año.

En la práctica, esto significa que aquellas personas que reciban un medio aguinaldo de hasta 15 mil pesos (sin contar aportes previsionales) no tributarán sobre este rubro.

Quienes perciban un SAC más alto y, siempre y cuando se encuentren dentro de los niveles de remuneración límites, solamente pagarán Ganancias sobre el excedente de 15 mil pesos.

El tope para empleados sería de 22.825 pesos de bolsillo por el medio aguinaldo (el sueldo neto tope es de 45.650, teniendo en cuenta aportes un porcentaje de aportes estándar, del 17 por ciento, entre jubilación y obra social).

Como hay empresas y organismos públicos que ya liquidaron el SAC de diciembre y lo están por pagar en estos días, habrá que esperar la reglamentación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) para ver cuándo se devolverá la diferencia.