Unión o discordia
Caídos en Malvinas y víctimas de desaparición forzada de personas reconocen un mismo ejecutor: la dictadura militar.
La controversia motivada por el viaje a nuestras Islas Malvinas de dirigentes de organismos de derechos humanos, entre ellos el Premio Nobel Adolfo Pérez Esquivel y Nora Cortiñas, titular de la Línea Fundadora de Madres de Plaza de Mayo, podría haberse evitado de haber mediado dos condiciones: tolerancia y sujeción a la normativa vigente.
Recordemos que la polémica surge de la divergencia en el tratamiento legal respecto de los 123 cadáveres de combatientes argentinos aún no ubicados y por ello no individualizados sus restos, que se encuentran sepultados en el cementerio de Darwin.
Tanto Argentina como el Reino Unido son miembros signatarios de la Convención de Ginebra que establece las normas por seguir en tiempos de guerra.
Los combatientes argentinos muertos en Malvinas fueron sepultados en el lugar donde perecieron, en tumbas individuales y con su correspondiente identificación. Una vez finalizada la contienda, esas tumbas se encontraban diseminadas en los distintos puntos donde se combatió, lo que irritaba sobremanera a los isleños. Ello motivó que las autoridades británicas decidieran, de manera unilateral y arbitraria, desenterrar los restos y concentrarlos en el cementerio de Darwin, en abierta violación a lo establecido por el Protocolo Adicional I de la Convención de Ginebra de 1977, relativo a la protección de víctimas de conflictos internacionales que, en el punto 3 de su artículo 34, dispone remitir los restos al país de origen para el caso de no sufragar gastos del cementerio, previa notificación al país de origen.
Nunca existió desentendimiento de la República Argentina respecto a la manutención del cementerio, ya que la ley número 26.498 lo declara Lugar Histórico Nacional y establece medidas para su custodia y conservación en convenio con los familiares de los caídos.
Los restos fueron sepultados en Darwin con la peculiaridad de que 123 combatientes argentinos no estaban identificados, lo cual es el origen de la discordia.
Dicha circunstancia no implica que revistan el carácter de NN, lo cual colisionaría con los postulados de la ley nacional número 24.950 que declara Héroes Nacionales a los combatientes fallecidos en la guerra de Malvinas. En el texto se añade el listado de los 649 muertos. No carecen de identificación, la particularidad del caso pasa porque sus restos no fueron ubicados.
Forzar una interpretación contraria importaría el riesgo de crear un doble estándar de héroes, entre aquellos cuyos restos se encuentran en tierra y los que murieron en el fondo del mar (Crucero General Belgrano), sobre los cuales no existen dudas acerca de su individualización. Una finalidad no perseguida por la ley y, por ende, legalmente inadmisible.
La expresidenta Cristina Fernández, en su discurso del 2 de abril de 2013 en Puerto Madryn, anunció de manera intempestiva e inconsulta con la comisión de familiares, el inicio de tratativas con Cruz Roja Internacional para exhumar y realizar exámenes de ADN a los 123 combatientes no individualizados. Lo que generó una controversia estéril, pues la cuestión reconocía una salida normativa.
Además, son los familiares de las víctimas los titulares inalienables del derecho sobre los restos que carecen de ubicación. Se utiliza para ello el procedimiento recomendado por los asesores forenses de la comisión de veteranos, quienes se pronuncian sobre la necesidad de avanzar en el denominado “consentimiento informado”. Su finalidad consiste en advertir a los familiares de que existe la posibilidad de no poder identificar todos los restos existentes, lo cual convertiría la duda acerca del destino final de sus seres queridos en certeza de que no están enterrados donde ellos creen que lo están, con las lógicas y traumáticas derivaciones que tal situación conllevaría.
Caídos en Malvinas y víctimas de desaparición forzada de personas reconocen un mismo ejecutor: la dictadura militar. Lejos de ser una causal de discordia, eso debería estrechar aún más los lazos entre nuestro pueblo. Pero, por tratarse de circunstancias fácticas disímiles, distinto es su tratamiento desde el punto de vista normativo.
La gesta heroica de quienes ofrendaron su vida por la soberanía nacional en Malvinas, sin dudas, es patrimonio nacional; pero la ubicación e individualización de sus restos y su disposición final es un derecho inalienable de los familiares, sobre el cual no pueden anteponerse derechos ajenos.
No obstante ello, los responsables de la política exterior argentina deberían discernir que el énfasis puesto por el Reino Unido en la repatriación de los restos existentes en Darwin seguramente obedece a la decisión de desembarazarse lo antes posible del cementerio que hoy constituye el último mojón argentino en el territorio usurpado, con toda la carga simbólica que ello representa.
Entiendo, por último, que debe quedar a salvo la sana intención de Pérez Esquivel y Nora Cortiñas, referentes de los derechos humanos, pues su misión es convocar a las partes en la búsqueda de la paz en el Atlántico Sur.
Desaparecidos y Malvinas constituyen el legado más trágico dejado por la dictadura militar. Debería ser factor de unión y no de discordia entre el pueblo argentino.
* Abogado

