Convenio inmoral con Aguas Cordobesas
Se trata de un convenio de recíprocas condonaciones, lo que en sí mismo es ilegal, pues no encontramos justificativo para que la Municipalidad perdone deuda alguna a una sociedad anónima. Oscar Tomás Vera Barros.
El Concejo Deliberante de la ciudad de Córdoba aprobó en fecha reciente, sólo con el voto del radicalismo, una modificación al convenio de exenciones recíprocas que desde hace años vincula a Aguas Cordobesas SA con la Municipalidad. Ratificó así un contrato que, además de ser perjudicial para la ciudad, viola la Carta Orgánica, que es "norma suprema" en el municipio. La modificación, en su esencia, es que Aguas Cordobesas no cobrará en lo sucesivo ciertas comisiones por su tarea de agente de retención de la tasa para infraestructura que se aplica en cada factura del agua. Sin embargo, nada se aclara respecto de los beneficios financieros durante el tiempo en que dicho dinero está en manos de Aguas Cordobesas.Ello no es lo más grave del asunto. El convenio en cuestión, renovado desde anteriores gestiones, hoy es defendido por el radicalismo con el increíble argumento de que quien gana siempre es la Municipalidad y quien pierde es Aguas Cordobesas.Por cierto que lo convenido está relacionado con cifras millonarias resultantes de lo que Aguas Cordobesas debe abonar a la Municipalidad por diversos rubros, contra lo que la Municipalidad debe abonarle por determinados servicios recibidos.No cabe duda de que siempre salió perdiendo el municipio, pero el radicalismo alega que es al revés, con lo que instalan con mentiras a Aguas Cordobesas en la categoría de benefactor gratuito y desinteresado. A pesar de los reclamos que hicimos para que se nos muestre con números cuál es el supuesto beneficio, no hemos tenido ni respuesta ni la presencia reclamada y prometida del secretario de Economía. En síntesis, el convenio consiste en que, sin hacer cálculo alguno, Aguas Cordobesas nos perdona las deudas y la Municipalidad le perdona las suyas.Esta modalidad no es admisible en quien, como el intendente Ramón Mestre, administra el dinero ajeno, pues lo que corresponde es que se realicen compensaciones y cada uno afronte sus propias deudas. Ello es así pues, en el caso de que exista una pequeña suma de dinero a favor de la Municipalidad –por ejemplo: un peso–, no puede Mestre regalárselo a Aguas Cordobesas, simplemente porque ese peso no es del intendente sino de los vecinos. En realidad, y de acuerdo con un cálculo propio, hablamos de millones de pesos anuales perdidos por la Municipalidad. La cuestión de las exenciones. La exención es una ventaja fiscal para beneficiar a un contribuyente eximiéndolo del pago parcial o total de un tributo. Con esto, vemos que por más que el convenio se refiera en su letra a exenciones recíprocas, ello no se ajusta a lo jurídico, pues la Municipalidad no es deudora de tributos. En realidad, se trata de un convenio de recíprocas condonaciones, o sea, recíproco perdón de deudas, lo que en sí mismo es ilegal, pues no encontramos justificativo para que la Municipalidad perdone deuda alguna a una sociedad anónima. En cuanto a la procedencia de las exenciones, vemos que la Carta Orgánica, en el artículo 45, dispone que el municipio puede hacer exenciones "para lograr el desarrollo económico y social de la comunidad". Es decir que no encontramos base jurídica para beneficiar a Aguas Cordobesas por no ser un sujeto a beneficiar, como lo puede ser una cooperadora escolar. Por su parte, el Código Tributario Municipal establece en el artículo 2°, como "principio de legalidad", que cualquier norma que establezca exenciones no puede ser integrada por analogía. A partir de lo cual es imposible entender que Aguas Cordobesas pueda ser tenida como un sector de la comunidad al que hay que ayudar a desarrollarse, en consonancia con la Carta Orgánica.A pesar de ello, en el mismo Código Tributario se establecen especialmente exenciones a "la empresa Aguas Cordobesas SA", violando lo dispuesto por el artículo 2° de la Carta Orgánica, con lo cual esta exención resulta nula de nulidad absoluta. La base de la inmoralidad. Pienso que el convenio firmado por el intendente Mestre con Aguas Cordobesas es ilegal e inmoral. La ilegalidad resulta de una clarísima violación a la Carta Orgánica en su carácter de norma suprema, pues sólo se permite eximir de tributos a ciertos sectores de la comunidad entre los que no puede estar una próspera sociedad anónima de carácter privado.La inmoralidad estriba en la mentira de que tal convenio favorece a la Municipalidad y que no le preocupe al intendente ratificar un convenio que no tiene sustento legal.Sería una buena noticia para los vecinos que nuestro intendente entable conversaciones con Aguas Cordobesas para dejar sin efecto ese convenio, derogar ese privilegio insólito plasmado en el Código Tributario y continuar la relación mediante la solución legal de la compensación de deudas, como debe ser en una administración sana y transparente respecto del dinero ajeno.
* Concejal de la ciudad de Córdoba, bloque Eva Duarte

