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Publicidad: qué dice la ordenanza

La norma prohíbe carteles que puedan afectar “la armonía, unidad o composición de la edificación por su diseño o tamaño”.

16 de agosto de 2013 a las 02:00 p. m.
Publicidad: qué dice la ordenanza

La norma 10.378 es la que ­regula la cartelería de empresas privadas en Córdoba. Ni esta ni otra ordenanza hacen ­referencia a la cartelería institucional pública. En cuanto a los carteles publicitarios, prohíbe todo aquel que pueda afectar "la visibilidad de los componentes del patrimonio arquitectónico de la ciudad, como monumentos, estatuas, puentes, edificios de valor histórico y/o cultural y de los componentes del patrimonio natural con sus visuales de re­levancia que conforman el paisaje urbano".Asimismo, prohíbe también aquellos que puedan afectar "la armonía, unidad o composición de la edificación por su diseño, tamaño, forma de colocación o cantidad".Según la localización, el artículo 17 de la ordenanza establece que no se pueden instalar anuncios publicitarios en "monumentos, estatuas, puentes y viaductos, edificios de valor histórico o cultural, edificios ­públicos y aquellos que integran el patrimonio arquitectónico ­urbano".Tampoco en "plazoletas, plazas, parques, paseos públicos, aceras o calzadas, canteros de avenidas y en ningún espacio público".