El Gobierno amplió las excepciones a la cuarentena obligatoria
Se permitirán breves salidas a personas con discapacidad, actividad bancaria con turnos, talleres para mantenimiento o reparación de automóviles y venta de artículos de librería e insumos informáticos a domicilio.
11 de abril de 2020 a las 08:26 p. m.
El Gobierno nacional extendió las excepciones a la cuarentena general a través de un decreto para evitar la propagación del coronavirus, que se cobró más de 100 mil vidas y afectó a 1.775.597 personas en todo el mundo hasta el momento.
Este sábado se publicaron en el Boletín oficial las nuevas excepciones, que se suman a otras ya establecidas.
El decreto permite, a partir de ahora, las siguientes actividades:
- Circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar conviviente. En tales casos, las personas asistidas y su acompañante deberán portar sus respectivos DNI y el Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma digital.
- Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista. Los profesionales deberán portar copia del DNI de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de Discapacidad, o la prescripción médica correspondiente.
- Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos. El Banco Central establecerá, mientras dure la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, los términos y condiciones en los cuales se realizará la actividad bancaria.
- Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
- Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.
- Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
- Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domiclio.

