Buenos Aires. Por qué sobreseyeron a la actriz y empresaria que atropelló y mató a un turista

Se trata de Patricia Scheuer, de 72 años.

18 de julio de 2026 a las 07:52 a. m.
Por qué sobreseyeron a la actriz y empresaria que atropelló y mató a un turista
El vehículo de la empresaria gastronómica. (Policía de la Ciudad/La Nación)

La Justicia sobreseyó a Patricia Scheuer, la actriz y empresaria gastronómica que en 2025 atropelló y mató a un turista brasileño e hirió a su pareja en el barrio porteño de Recoleta.

El caso fatal en Buenos Aires

El trágico hecho ocurrió la mañana del 1° de enero de 2025 en la avenida del Libertador y Alvear, en el barrio de Recoleta, cuando Scheuer “perdió el dominio” de su Nissan Kicks, “se subió al cordón” y embistió a Cleusa Adriana Nunes Pombo y Fernando Pereira De Amorim Junior.

Nunes Pombo sufrió una múltiples golpes y lesiones, mientras que Pereira De Amorim Junior murió.

La empresaria estuvo detenida 24 horas, ya que fue excarcelada después de ser indagada por los delitos de homicidio culposo y lesiones. En su primera indagatoria sostuvo que no recordaba nada de lo que pasó y que, de repente, le “explotó” el airbag.

En una ampliación de la declaración indagatoria, Scheuer aportó los nombres de los profesionales médicos que la atendieron de un vahído similar al que dijo haber sufrido el día de la tragedia.

El fallo de la Cámara

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el sobreseimiento que en primera instancia había dictado el juez Martín Peluso, el 20 de mayo pasado, publicó el diario La Nación.

“Tras excluir todas aquellas condiciones que podrían haber afectado el manejo diligente del vehículo por parte de la encausada y, en consecuencia, haber tenido injerencia en el resultado, corresponde señalar que, en aplicación del principio lógico del tercero excluido, subsiste como única explicación compatible con la evidencia reunida la posibilidad de que ella, mientras conducía el vehículo haya experimentado un episodio epiléptico focal que, durante por lo menos 20 segundos, alteró de manera significativa su capacidad de autodeterminación”, dijeron los jueces Pablo Lucero y Rodolfo Pociello Argerich.

Y se agregaron: “Tal estado, aun sin permitir afirmar una cancelación absoluta de la conciencia, sí resulta idóneo para excluir la existencia de un control finalista del auto, impidiéndole ajustar voluntariamente su comportamiento a la realidad y derivando en las lesiones graves sufridas por Nunes Pombo y el fallecimiento de Pereira De Amorim Junior. Descartadas todas las demás causales alternativas del suceso, la ausencia de acción se erige como la única conclusión jurídicamente sostenible”.

El juez Lucero afirmó: “Estimo que la imputada obró de modo diligente y dentro de sus posibilidades, acudiendo oportunamente a los expertos señalados, quienes no le indicaron anomalía alguna. En definitiva, Scheuer, al momento del evento, no sabía de la patología neurológica que la aquejaba, de modo que este desconocimiento excluye cualquier deber objetivo de cuidado adicional y, a la vez, impide atribuirle una conducta u omisión previa que pueda adquirir relevancia jurídico penal en la producción del resultado. Más aún, el diagnóstico de epilepsia focal de causa estructural fue efectuado con posterioridad a la ocurrencia del siniestro".