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Sucesos

Generación Zoe. Por qué los jueces de Villa María no quieren juzgar a Cositorto y mandan la causa a la Justicia federal

A poco de empezar el juicio, la Cámara del Crimen de Villa María puso el freno y se declaró incompetente. Resta esperar qué definición tomarán en Federales. Cositorto y los demás acusados están señalados de haber estafado con un esquema Ponzi.

02 de abril de 2026, 10:46
Por qué los jueces de Villa María no quieren juzgar a Cositorto y mandan la causa a la Justicia federal
Ilusionista. Leonardo Cositorto, líder de Generación Zoe, conocido por la serie televisiva de Netflix como "vendedor de ilusiones". (Archivo)

La Cámara del Crimen de Villa María se declaró incompetente para juzgar la causa conocida como “Generación Zoe”, en la que el principal acusado es Leonardo Cositorto, y dispuso remitir el expediente a la Justicia federal.

La decisión, adoptada por los vocales Eve Flores, Félix Martínez y Edith Lezama, se apoya en el carácter interjurisdiccional de los hechos investigados y en recientes definiciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El tribunal entendió que la maniobra investigada -basada en un esquema piramidal de captación de fondos- no puede analizarse como una serie de hechos aislados en el ámbito provincial, sino como una única estructura delictiva con alcance nacional e internacional. Por eso, declinó su competencia material y remitir las actuaciones a un Tribunal Oral Federal (TOF) de la ciudad de Córdoba.

La causa tiene como eje una compleja operatoria atribuida a una organización liderada por Cositorto, que habría captado dinero de inversores mediante promesas de altas rentabilidades en dólares, a través de un entramado de sociedades y productos financieros sin respaldo real.

Según la acusación, se trataría de una asociación ilícita que desplegó su actividad en distintas provincias del país y en el exterior, con cientos de damnificados.

Juzgado. Además de Villa María, Leonardo Cositorto es investigado en varias jurisdicciones del país y fue juzgado en Corrientes. (Archivo)
Juzgado. Además de Villa María, Leonardo Cositorto es investigado en varias jurisdicciones del país y fue juzgado en Corrientes. (Archivo) ((Archivo) )

Uno de los puntos centrales del fallo de la cámara villamariense es la referencia a la reciente resolución de la Corte, que el pasado 26 de febrero definió que la investigación principal debe tramitarse en el fuero federal.

Ese criterio, basado en el dictamen del procurador general Eduardo Casal, resultó determinante para los camaristas Flores, Martínez y Lezama, quienes consideraron que no podían apartarse de esa línea interpretativa.

Carácter improrrogable

En ese marco, la Cámara destacó que la competencia por la materia es “improrrogable” y puede ser declarada incluso de oficio en cualquier etapa del proceso. También advirtió que continuar con el trámite en la órbita provincial podría generar nulidades y afectar garantías constitucionales de los imputados.

Procurador. El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dio un dictamen favorable que pesó en la decisión de la Corte Suprema respecto de un fallo que terminó siendo vinculante. (Archivo)
Procurador. El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dio un dictamen favorable que pesó en la decisión de la Corte Suprema respecto de un fallo que terminó siendo vinculante. (Archivo) ((Archivo))

El tribunal hizo especial hincapié en el riesgo de vulnerar el principio de non bis in idem, que prohíbe la doble persecución penal por un mismo hecho. En el expediente se constató que varios de los imputados -incluido Cositorto- ya están siendo investigados en la Justicia federal por hechos sustancialmente idénticos, vinculados a la misma operatoria.

Camarista. Eve Flores lidera el voto de la Cámara de Villa María. (Archivo)
Camarista. Eve Flores lidera el voto de la Cámara de Villa María. (Archivo) ((Archivo))

En esa línea, los jueces concluyeron que la maniobra investigada constituye “una única organización criminal” que actuó bajo un mismo patrón en todo el país, por lo que no resulta posible fragmentar su juzgamiento sin afectar la coherencia del proceso.

El fiscal, a favor

El fallo también recoge argumentos del fiscal de Cámara villamariense, Francisco Márquez, quien había solicitado la declinatoria de competencia al considerar que los hechos exceden claramente el ámbito local y que debe evitarse una doble persecución.

Según su dictamen, la causa involucra delitos que afectan el orden económico y financiero nacional, como la intermediación financiera no autorizada, lo que justifica la intervención del fuero federal.

Asimismo, se valoró que la operatoria atribuida a Generación Zoe implicaba la captación de ahorros del público mediante promesas de rentabilidad extraordinaria, utilizando mecanismos como criptomonedas, fideicomisos y estructuras societarias complejas, lo que refuerza su carácter federal, por el tipo de delitos.

Fiscal. El fiscal de la cámara villamariense, Francisco Márquez, también dio su dictamen favorable a favor de la declinación de competencia provincial. (Archivo)
Fiscal. El fiscal de la cámara villamariense, Francisco Márquez, también dio su dictamen favorable a favor de la declinación de competencia provincial. (Archivo) ((Archivo))

La resolución también advierte que mantener el desdoblamiento de la causa podría derivar en decisiones contradictorias entre distintos tribunales, además de comprometer el derecho de defensa de los imputados y la eficacia del proceso penal.

A un TOF de Córdoba

En este contexto, la Cámara concluyó que corresponde que sea la Justicia federal la que investigue y juzgue la totalidad de los hechos, en tanto forman parte de un mismo plan delictivo. De este modo, el expediente será remitido al Tribunal Oral Federal que por turno corresponda en Córdoba, donde continuará su tramitación en etapa de juicio.

La decisión marca un punto de inflexión en uno de los casos judiciales más resonantes de los últimos años en materia de delitos económicos. Además, se refuerza el criterio de que las maniobras complejas y de alcance interprovincial deben ser abordadas de manera integral por la Justicia federal, en resguardo de la uniformidad y coherencia del sistema penal.