Salta. Caso Jimena Salas: la asesinaron de 57 puñaladas, el acusado se mató y ahora anularon el fallo en su contra
Javier Saavedra, el principal acusado, apareció muerto en una celda antes del comienzo del juicio. Se mantuvo la absolución de sus dos hermanos.
El Sala II del Tribunal de Impugnación de Salta anuló la declaración que atribuía la autoría material del brutal crimen de Jimena Salas en 2017 al principal imputado, Javier Saavedra, quien se suicidó en la cárcel antes del inicio del juicio, y confirmó las absoluciones de sus dos hermanos.
La decisión implica abrir nuevamente el expediente por el asesinato de Salas, en 2017 en la localidad de Vaqueros para continuar con la búsqueda de los responsables del crimen.
El crimen de Jimena Salas en Salta
Salas (44) fue asesinada de 57 puñalas el 27 de enero de 2017 dentro de su casa en Vaqueros. El cuerpo fue encontrado por su esposo, Nicolás Cajal Gauffín, quien fue uno de los sospechosos a lo que apuntaron los responsables de la investigación, publicó el diario La Nación.
En 2021, Cajal Gauffín fue llevado a juicio acusado de encubrimiento, aunque terminó absuelto por falta de pruebas. En el mismo debate se acusó a Sergio Vargas como partícipe secundario, en rol de entregador.
Tiempo después, una nueva línea investigativa orientó las sospechas hacia los hermanos Saavedra. La principal evidencia contra Javier Nicolás Saavedra fue un estudio de ADN que estableció una coincidencia positiva con uno de los perfiles genéticos hallados en la escena del crimen.
Sin embargo, la causa nunca logró explicar completamente otro de los rastros biológicos encontrados durante la investigación. Los peritos identificaron un segundo perfil genético, denominado “Hombre 2”, cuya identidad continúa siendo desconocida y que vuelve a convertirse en una de las principales incógnitas del expediente.
Giro en la causa
Ahora, el Tribunal de Impugnación anuló la mención de “certeza de autoría” de Javier Saavedra y del denominado “Hombre 2” en la parte resolutiva de la sentencia original.
Según el fallo de los jueces Javier Francisco Araníbar y Ramón Medina, se hizo lugar al recurso presentado por el abogado defensor Marcelo Arancibia y concluyó que la sentencia incurrió en un error jurídico al atribuirle responsabilidad penal a una persona fallecida.
Los jueces fundamentaron que, al haber fallecido Saavedra antes del juicio, la acción penal quedó extinguida, lo que impide legalmente emitir un pronunciamiento de responsabilidad penal en el apartado final de la sentencia, aunque se mantenga el análisis de su conducta en los considerandos como contexto necesario para la causa.
Finalmente, el tribunal dispuso que el Ministerio Público Fiscal debe continuar con la investigación para identificar a otros posibles responsables.
A la vez, confirmó la absolución por el beneficio de la duda de Adrián Guillermo y Carlos Damián Saavedra, rechazando tanto el recurso presentado por de la fiscalía en busca de fijar condenas como la apelación de la defensa, que pretendía una absolución lisa y llana.

