Sueldos. Oficializaron un suplemento salarial por título para las Fuerzas Armadas: de cuánto es y a quiénes alcanza

El Gobierno nacional aprobó un adicional por formación académica. El aumento alcanza hasta el 25% del sueldo y beneficia a personal en actividad, retirados y pensionados.

21 de julio de 2026 a las 02:21 p. m.
Oficializaron un suplemento salarial por título para las Fuerzas Armadas: de cuánto es y a quiénes alcanza
Fuerzas Armadas Argentinas.

El presidente Javier Milei firmó el decreto que oficializa la implementación de un nuevo suplemento salarial por título para los integrantes de las Fuerzas Armadas. La normativa, publicada en el Boletín Oficial, modifica la reglamentación de la Ley para el Personal Militar N° 19.101 e introduce cambios en el cálculo de haberes mensuales.

La medida incorpora a todos los miembros que acrediten títulos de educación superior reconocidos por el Ministerio de Educación.

Este beneficio no sólo impacta en el personal que se encuentra actualmente prestando servicios. La normativa extiende el alcance del suplemento a quienes se encuentran en situación de retiro y a los familiares con derecho a pensión, siempre que se cumplan las condiciones académicas requeridas.

Montos y porcentajes del adicional

El nuevo esquema salarial establece porcentajes diferenciados de acuerdo con el nivel de estudio y graduación obtenido por el militar.

  • Para quienes posean tecnicaturas o títulos de nivel terciario, el suplemento será equivalente al 10% de su haber mensual.
  • Quienes cuenten con títulos universitarios de grado, el adicional se fijó en un 15%.
  • Quienes acrediten estudios de posgrado, tales como especializaciones, maestrías o doctorados, percibirán un incremento del 25%.

En algunos escalafones, el nuevo suplemento podría implicar una mejora neta de entre $ 300.000 y $ 400.000 mensuales para el beneficiario.

Títulos válidos y facultades de los Jefes

Para acceder al cobro, los militares deberán presentar títulos reconocidos por la Ley de Educación Superior, la Ley de Educación Técnico Profesional o la Ley de Educación Nacional. Sólo se reconocerá el título de mayor graduación en los casos donde una persona acredite más de un diploma.

El decreto otorga una facultad clave a los Jefes de los Estados Mayores Generales de cada fuerza. Ellos serán los encargados de determinar qué títulos son considerados “de interés” para la institución, evaluando la afinidad con las tareas desarrolladas por el personal.

Una vez presentada la constancia respectiva ante la autoridad que cada fuerza determine, el pago se hará efectivo. Los títulos serán oficialmente reconocidos a partir del primer día del mes siguiente a la validación de la documentación.

Modernización de la normativa salarial

La reforma también introduce cambios técnicos para simplificar la estructura de cobro del personal militar. Se suprimieron referencias a conceptos antiguos como el “Reintegro de Gastos por Actividad del Servicio”, que ya fueron absorbidos por otros rubros salariales.

Además, el Gobierno eliminó una limitación histórica que restringía este beneficio exclusivamente al personal superior del cuerpo profesional. Con este cambio, se democratiza el acceso al suplemento por formación para otros escalafones de la jerarquía militar.

Esta adecuación normativa sigue la línea del Decreto N° 473/2026, anunciado hace poco más de un mes. Aquella disposición buscaba que el haber mensual bruto reflejara la formación académica, estableciendo que el adicional se ajustará automáticamente con las futuras actualizaciones salariales.