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Arca. Lo que tenés que saber de las transferencias a cuentas propias este 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero fijó topes mensuales para movimientos entre cuentas del mismo titular.

19 de febrero de 2026 a las 10:40 a. m.
Lo que tenés que saber de las transferencias a cuentas propias este 2026
Febrero 2026: qué tenés que saber sobre las transferencias a cuentas propias.

Para el año 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) definió un nuevo esquema de fiscalización que pone especial énfasis en los movimientos financieros de los contribuyentes. A pesar de que las transferencias entre cuentas de un mismo titular son una práctica cotidiana y habitual, el organismo advirtió que ciertas conductas pueden activar alertas automáticas en sus sistemas de control, incluso cuando no existan terceros involucrados en la operación.

El ente recaudador estableció parámetros claros respecto al volumen de dinero que puede circular sin encender alarmas inmediatas. Para personas físicas, el tope mensual se fijó en $ 50.000.000, mientras que para las personas jurídicas el límite es de $ 30.000.000.

Es fundamental destacar que estos montos contemplan la sumatoria de transferencias, acreditaciones, saldos bancarios y movimientos en billeteras virtuales. Superar estos valores no constituye una infracción automática, pero sí habilita a la agencia a realizar cruces de información y controles más rigurosos.

Qué pasa con las transferencias a cuentas propias

Arca monitorea no solo operaciones aisladas, sino el acumulado mensual. Esto significa que la suma de varias transacciones menores puede superar los parámetros establecidos y disparar pedidos de justificación. Los sistemas de control se activan principalmente cuando los montos transferidos no guardan relación con los ingresos declarados o el perfil fiscal del contribuyente.

Arca estableció los montos por los que puede requerir información cruzada sobre transferencias a cuentas propias.
Arca estableció los montos por los que puede requerir información cruzada sobre transferencias a cuentas propias. (Imagen referencial.)

Asimismo, si los movimientos resultan inusuales por su volumen o frecuencia, o si presentan una falta de respaldo documental, el organismo está facultado para exigir explicaciones sobre el origen de los fondos. Estas fiscalizaciones exhaustivas pueden derivar, en casos críticos, en el bloqueo de cuentas bancarias y billeteras virtuales hasta que se regularice la situación administrativa.

Ante cualquier duda, las entidades financieras suelen solicitar una justificación del origen de los fondos. Responder a estos requerimientos es obligatorio. Uno de los errores más comunes es ignorar estos pedidos; la falta de contestación puede derivar en la generación de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).

Para evitar sanciones o restricciones en la operatoria habitual, se recomienda a los usuarios mantener la documentación respaldatoria al día, controlar el volumen total de movimientos mensuales y responder siempre en tiempo y forma a los requerimientos de los bancos o aplicaciones financieras.