Salarios. Cuentas sueldo en dólares: el Banco Central reglamentó cómo funcionarán y qué cambia para los trabajadores
A través de la Comunicación "A" 8460, la autoridad monetaria habilitó la acreditación de haberes en moneda extranjera y definió las reglas de gratuidad y retiro de efectivo.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) oficializó este lunes la incorporación del dólar estadounidense a las cuentas sueldo, permitiendo que las entidades financieras acrediten remuneraciones en dicha moneda.
La medida, publicada en el Boletín Oficial, formaliza una iniciativa que busca adaptar el sistema bancario a las recientes reformas legislativas en materia laboral.
A través de la Comunicación "A" 8460/2026, el organismo dispuso que el dólar sea una moneda admitida para la captación de depósitos bajo la figura de "Cuenta sueldo".
Esta normativa establece las pautas de funcionamiento para los bancos y las condiciones que deberán cumplir los trabajadores para operar con sus haberes en moneda extranjera.
Cómo retirar los dólares y el uso de cajeros
Uno de los puntos centrales de la reglamentación define la operatoria para el movimiento de fondos físicos. El BCRA determinó que la atención de depósitos y extracciones de efectivo en dólares **es obligatoria en la sucursal de radicación** de la cuenta.
Para el resto de las operaciones, la norma contempla el uso de otras sedes bancarias, **cajeros automáticos** y terminales de autoservicio. No obstante, el texto oficial aclara que esta posibilidad estará sujeta a que las entidades cuenten con "disponibilidad operativa de numerario" al momento del retiro.
De esta manera, las empresas financieras deberán adecuar sus esquemas de logística para garantizar la disponibilidad de billetes físicos. El organismo también informó que próximamente enviará a los bancos las modificaciones técnicas para integrar estos cambios al texto ordenado de depósitos de ahorro y cuentas especiales.
Gratuidad y mantenimiento de los saldos
Respecto a los costos de mantenimiento, la autoridad monetaria ratificó que se mantendrá el principio de **gratuidad de la cuenta sueldo**. Esta condición aplica específicamente para el monto de las acreditaciones que tengan su origen en la relación laboral del trabajador.
La normativa incluye un beneficio para quienes opten por el ahorro, ya que la gratuidad seguirá vigente para los importes que no sean retirados de forma inmediata. Según especifica el texto del Central, los trabajadores podrán mantener sus ahorros "acumulando los importes no retirados sin límite de tiempo" sin costo alguno.
Es importante destacar que esta medida **no establece una obligación para que los empleadores paguen en dólares**. La reglamentación del BCRA simplemente habilita la herramienta financiera necesaria para aquellas empresas y empleados que acuerden el pago de haberes en moneda extranjera.
El marco legal de la Modernización Laboral
Este cambio en el sistema financiero es una consecuencia directa de la **ley de Modernización Laboral** sancionada recientemente. Dicha ley introdujo una modificación clave en el artículo 105 de la **Ley de Contrato de Trabajo (LCT)**, eliminando ambigüedades sobre el pago de salarios.
Anteriormente, la legislación indicaba que el salario debía ser satisfecho "en dinero", lo que generaba debates jurídicos sobre si incluía divisas extranjeras. La nueva redacción establece de forma expresa:
"El salario debe ser satisfecho en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera".
Con esta base legal y la reglamentación del Banco Central, queda despejado el camino para que los trabajadores que así lo pacten puedan recibir y gestionar sus haberes en dólares dentro del sistema bancario regulado.
La medida busca brindar mayor previsibilidad y seguridad jurídica a la operatoria de pagos transnacionales o acuerdos específicos de sectores exportadores.




