Con cuidado de no revictimizar
La cámara Gesell es una buena modalidad de trabajo que minimiza la posible revictimización de niños, niñas o adolescentes sometidos a un proceso judicial, en el que un juez o fiscal dictó la realización de una pericia para evaluar las condiciones psíquicas de esas personas.
A los fines psicopsiquiátrico-forenses en el campo infanto-juvenil, la cámara Gesell es una buena modalidad de trabajo que minimiza la posible revictimización de niños, niñas o adolescentes sometidos a un proceso judicial, en el que un juez o fiscal dictó la realización de una pericia para evaluar las condiciones psíquicas de esas personas. Cabe mencionar que, actualmente, el sistema jurídico intenta recabar dicha información por otros medios (informes profesionales, historias clínicas, etcétera), sin tener que someter al infante o joven a esa situación, pero no siempre es posible.
Su ventaja es contar con un espacio íntimo y ambientado a tal fin, en el que –con mayor comodidad y seguridad para los niños– la entrevista se lleve a cabo minimizando circunstancias perturbadoras, ya que el ámbito judicial es de por sí un espacio no apto para el tránsito de infantes (por sus pasillos deambula personal de seguridad armado, sujetos privados de la libertad, etc.). El uso de este recurso es especialmente útil cuando se trata de actos periciales en los que participan numerosos profesionales (casos donde hay perito de control de cada parte en pericias interdisciplinarias), ya que su presencia directa puede tornarse invasiva. No obstante, hay niños y adolescentes que se sienten mejor encontrándose “cara a cara” con el equipo de trabajo, por lo que es imprescindible preguntarles siempre qué prefieren. También es de suma utilidad en la formación de especialistas en la materia, ya que es uno de los modos idóneos para la observación no invasiva y aprendizaje de la dinámica pericial con niños y adolescentes.
Pero en nuestro medio y, en la mayoría de las provincias del país, la cámara de Gesell (ella usa “de Gesell” y creo que es lo mismo) no siempre se emplea para pericias psicopsiquiátricas de niños y adolescentes, dado que están afectadas prácticamente full time a tomar testimonio de menores de 16 años víctimas de abuso sexual, tal como manda la ley promulgada en 2004. En estos casos, la entrevista para levantar testimonio debe ser realizada por profesionales psicólogos en la cámara de Gesell, mientras el resto de los actores de la causa (abogados de parte, fiscal, secretario, otros profesionales –excepto el acusado–) se encuentran en otra habitación (aislada, pero con acceso visual, sonoro y telefónico), lo que también otorga garantía a la legítima defensa de quien estuviera acusado. Además, estas entrevistas son filmadas y transcriptas. El fin de la participación del profesional especialista en niñez es garantizar que las preguntas que se realizan al niño o adolescente sean formuladas en un lenguaje accesible, sin características tendenciosas, inducción en la respuesta o presiones de parte. En el caso que el profesional estime que el interrogatorio debe cesar (o incluso no iniciarse) por encontrarse el niño en una situación de angustia o considerar que la continuidad de ese acto puede ser lesivo (revictimización institucional).
Es parte de la labor de ese profesional informar de inmediato a la autoridad judicial que regula el procedimiento, en pos del interés superior del niño. Como vemos, para estos casos se hace imprescindible la utilización de la Cámara de Gesell, mientras que otras entrevistas (por ejemplo, las periciales) pueden desenvolverse en oficinas individuales (que guarden privacidad), y queda en manos de la idoneidad y capacidad del profesional actuante que el acto pericial no solo no sea deletéreo (dañino) para el infante o adolescente, sino que pueda transformarse ocasionalmente en un espacio de posible contención y orientación.
*Especialista en psiquiatría infanto-juvenil. Docente de la UNC y de la UCC.

