Fallo. La Justicia rechazó otra denuncia de Villarruel, esta vez contra Luis Petri por llamarla "golpista"

La vicepresidenta había acusado al diputado por calumnias e injurias tras llamarla. El juez consideró que se trata de opiniones enmarcadas en el debate político.

23 de abril de 2026 a las 11:45 p. m.
La Justicia rechazó otra denuncia de Villarruel, esta vez contra Luis Petri por llamarla "golpista"
Victoria Villarruel, vicepresidenta de la Nación. (Federico López Claro/Clarín)

La vicepresidenta Victoria Villarruel recibió un nuevo fallo adverso en la Justicia, esta vez en la causa que había iniciado contra el diputado libertario Luis Petri por haberla calificado como “golpista” en el marco de un cruce político.

El Juzgado Federal Criminal y Correccional N°2, a cargo de Sebastián Ramos, resolvió desestimar la denuncia al considerar que no existía delito, en línea con lo que ya había ocurrido en presentaciones similares contra los periodistas Eduardo Feinmann y Pablo Rossi.

La denuncia y los argumentos judiciales

En su presentación, Villarruel había acusado a Petri por calumnias e injurias, pero también sumó figuras más graves como atentado contra el orden público, amenaza de rebelión y coerción ideológica, contemplada en el artículo 213 bis del Código Penal.

Sin embargo, el magistrado entendió que las expresiones del legislador no alcanzaban el nivel de gravedad necesario para configurar un delito. En su resolución, avaló el criterio del fiscal Ramiro González, quien había señalado que los dichos se encuadran dentro del ejercicio de la libertad de expresión en el ámbito político.

Para la Justicia, avanzar penalmente en este tipo de situaciones implicaría un uso desproporcionado del poder punitivo del Estado frente a opiniones o críticas públicas.

Un conflicto político que escaló en redes

El cruce entre ambos dirigentes se había intensificado en las semanas previas, cuando Petri cuestionó el rol institucional de Villarruel y la acusó de ser “funcional a la oposición”, especialmente por su desempeño en el Senado durante la apertura de sesiones.

Las declaraciones derivaron en un intercambio en redes sociales, donde la vicepresidenta respondió con fuertes críticas personales, mientras que el exministro redobló sus cuestionamientos.

El fallo y el principio de libertad de expresión

En su resolución, el juez Ramos remarcó que las manifestaciones, aunque puedan resultar ofensivas o polémicas, no constituyen un ilícito penal. En ese sentido, reafirmó el principio de “ultima ratio”, que establece que el derecho penal debe ser la última instancia de intervención.

El fallo subraya que, en contextos de debate público, debe prevalecer la libertad de expresión por sobre la judicialización de opiniones políticas, incluso cuando estas resulten controversiales.