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Ganancias: por ahora, el DNU de Macri sigue vigente

Una bicameral del Congreso dictaminó en contra del decreto que subió el mínimo no imponible. Lo impuso el FPV, pero para que se caiga deben aprobar el dictamen las dos cámaras.

09 de marzo de 2016 a las 04:16 p. m.
Ganancias: por ahora, el DNU de Macri sigue vigente
El debate de este miércoles (Télam).

El Frente para la Victoria propinó un revés al gobierno de Mauricio Macri al emitir un dictamen de mayoría en la comisión bicameral de Trámite Legislativo, por el que recomienda a ambas cámaras legislativas anular el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) por el que se elevó el mínimo no imponible de Ganancias en forma retroactiva a enero.

La medida implica, a valores de enero extrapolados a todo el año, que la Afip dejaría de quedarse con unos 49 mil millones de pesos en 2016 correspondientes a salarios alcanzados por Ganancias.

Pero los diputados del FPV argumentaron que la reforma de Macri también incluía en el pago a empleados y jubilados que habían sido privilegiados por un decreto de Cristina Fernández en 2013 y que nunca más debieron pagar ganancias, sin importar lo que hubieran subido sus ingresos desde entonces. También reclamaron una "reforma integral" del Impuesto a las Ganancias.

Ese último argumento fue respaldado por el Frente Renovador, que, si bien no votó con el FPV, se abstuvo. De este modo, el FPV impuso sus ocho votos contra siete de Cambiemos y el Peronismo Federal.

El dictamen de la comisión no es necesariamente vinculante. Los plenos de cada cámara pueden votar en contra de ese dictamen. Y para voltear un DNU es necesario que ambas cámaras lo rechacen. Hasta tanto eso suceda, el DNU de Macri sigue vigente. Por ende, sigue rigiendo la última suba del piso no imponible, lo que determina una menor presión tributaria sobre quienes ya pagaban el tributo, como también rige la inclusión en el alcance del impuesto de asalariados y jubilados que hasta ahora no pagaban porque habían estado beneficiados por el decreto de Cristina Fernández de 2013.