Justicia. Fallo de la Corte: prohíben a las Provincias cobrar alícuotas diferenciales en Ingresos Brutos

El máximo tribunal declaró inconstitucionales esquemas fiscales provinciales. Buscan evitar discriminación impositiva y garantizar la libre circulación de bienes.

11 de abril de 2026 a las 07:10 p. m.
Fallo de la Corte: prohíben a las Provincias cobrar alícuotas diferenciales en Ingresos Brutos
Fallo de la Corte: prohíben a las Provincias cobrar alícuotas diferenciales en Ingresos Brutos.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó que las provincias no pueden aplicar alícuotas más altas del impuesto sobre los Ingresos Brutos a empresas cuya producción se realiza fuera de su territorio.

Según informó Infobae, el máximo tribunal consideró inconstitucionales distintos regímenes provinciales que diferenciaban la carga impositiva según el origen de la producción.

“La localización productiva no puede constituir un parámetro válido para diferenciar la carga impositiva”, sostuvo la Corte en uno de los fallos.

Además, remarcó que este tipo de esquemas genera barreras internas al comercio y vulnera principios básicos de la Constitución.

Casos y antecedentes

Las decisiones alcanzaron demandas contra las provincias de Salta, Santa Fe y Entre Ríos, en causas iniciadas por empresas como Panificadora Veneziana, Comercial Rossi, Rieles y Cosas y Biofarma.

En esos casos, las jurisdicciones aplicaban tasas más altas a compañías radicadas fuera de su territorio, lo que implicaba una desventaja frente a productores locales.

El criterio ya había sido anticipado en fallos previos, como el caso Bayer contra Santa Fe en 2017, y se consolidó con nuevas sentencias en los últimos años.

Qué dice la Corte

El tribunal sostuvo que estas prácticas equivalen a la creación de “aduanas interiores”, algo expresamente prohibido por la Constitución Nacional.

“La autonomía fiscal de las provincias no puede extenderse al punto de crear obstáculos internos al mercado nacional”, afirmaron los jueces.

En esa línea, remarcaron que la unidad económica del país debe prevalecer por sobre los intereses fiscales de cada jurisdicción.

Impacto en provincias y empresas

El fallo obliga a las provincias a revisar sus esquemas tributarios y elimina la base legal para aplicar diferencias impositivas según el origen de la producción.

Para las empresas, implica mayor previsibilidad al operar en distintas jurisdicciones. Para los gobiernos provinciales, en cambio, supone un límite a las políticas de promoción industrial basadas en beneficios fiscales exclusivos.

Con esta decisión, la Corte refuerza el criterio de que Argentina debe funcionar como un único mercado, sin barreras internas que distorsionen la competencia.