Legislativas de 2025. Desestimaron una denuncia por presunta amenaza de muerte contra Javier Milei en Córdoba

Dos manifestantes insultaron al Presidente, pero el fiscal consideró que el accionar no constituyó un delito.

21 de abril de 2026 a las 08:38 a. m.
Desestimaron una denuncia por presunta amenaza de muerte contra Javier Milei en Córdoba
El presidente, Javier Milei, y la exministra de Seguridad, Patricia Bullrich. (AP/Natacha Pisarenko/Archivo)


El juez federal N° 2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, desestimó la denuncia de una policía federal por presunta amenaza de muerte al presidente, Javier Milei, durante un acto del mandatario en la capital con motivo del cierre de campaña de las elecciones legislativas de 2025.

La denuncia en Córdoba

El caso se remonta al 21 de octubre del año pasado cuando el Presidente y otros funcionarios cerraron la campaña de La Libertad Avanza (LLA) en barrio Nueva Córdoba. Milei terminó el recorrido en auto por la ciudad y llegó al Paseo del Buen Pastor, donde se dirigió a los militantes con un megáfono.

La oficial Betiana Lorena Magallán denunció que mientras participaba del operativo de seguridad de Milei, un hombre arrojó una lata de cerveza al patrullero en el que trasladaban el Presidente y lo insultó.

Al intentar identificarlo, el hombre se resistió y gritó: "Soy kuka con orgullo”. Los simpatizantes libertarios comenzaron amenazar la integridad física del opositor, por lo que trasladaron al manifestante opositor a la sede de la División Unidad Operativa Federal (Duof) Córdoba.

Ya entrada la noche, la policía observó que otra manifestante se acercó al Presidente y comenzó a insultarlo: "Te vas a morir, hijo de p…". Fue aprehendida y también trasladada a la Duof.

Sin embargo, el fiscal Hairabedian solicitó al juez la desestimación de la denuncia por no estar motivada para iniciar una investigación formalmente válida. Concluyó que no existió el delito de amenazas porque los denunciados (luego identificados) solo insultaron a Milei, sin alcanzar la entidad suficiente para generar el temor que requiere la figura penal.

En consecuencia, el juez desestimó la denuncia y cerró el caso.

Desestimación anterior en Córdoba

Por otro lado, el mismo magistrado había rechazado días atrás la denuncia de un docente en contra del Presidente, el exjefe de Gabinete Guillermo Francos y la exministra de Seguridad Patricia Bullrich por presuntos atentados contra la libertad, la privacidad, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

El docente Luis Alfredo Álvarez Igarzábal denunció al jefe de Estado y los exministros por los alcances del decreto 383/2025 (publicado el 16 de junio pasado en el Boletín Oficial), por el que se estableció un nuevo estatuto de la Policía Federal (se derogó la Ley Orgánica vigente desde 1958).

El estatuto plantea que la fuerza de seguridad puede “realizar, sin necesidad de autorización judicial, tareas de prevención del delito en espacios públicos digitales, tales como redes sociales abiertas, sitios web públicos y otras fuentes abiertas, conforme a las pautas y principios rectores dictados para dichas actividades por la autoridad competente”.

“Estas tareas de prevención del delito deberán respetar la protección de los datos personales, la libertad de expresión, la intimidad y la privacidad de las personas”, según consta en el anexo al decreto.

El estatuto también contempla que los policías federales realicen “requisas personales con orden judicial, conforme con lo establecido por la normativa procesal y demás legislación vigente”, pero “sin dicha orden, podrá hacerlo respecto de personas”.

En ese sentido, las requisas pueden incluir la inspección de los efectos personales, interior de los vehículos, aeronaves y embarcaciones de cualquier clase, ante la concurrencia de tres supuestos: que existan circunstancias “previas que razonable y objetivamente permitan presumir que se ocultan cosas relacionadas con un delito”, que no fuere posible “esperar la orden judicial ante el peligro cierto de que desaparezcan las pruebas” y que se practique en la vía pública o en lugares de acceso público y en el marco de operativos de prevención.

El docente denunció a Milei, Bullrich y Francos (quienes firmaron el decreto) porque podrían haber estado incursos en los delitos de “atentado contra la libertad, la privacidad, abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público, violación de derechos y garantías constitucionales”.

Pero el fiscal N° 2, Carlos Casas Nóblega, sostuvo que no existió ningún delito en lo denunciado y ni otro relacionado y el juez archivó el caso.