Justicia federal. Por qué desestimaron una denuncia penal contra Javier Milei, Patricia Bullrich y Guillermo Francos en Córdoba

Un docente acusó al Presidente y los entonces ministros por la comisión de delitos. Las razones por la cual la acción no prosperó.

07 de abril de 2026 a las 02:47 p. m.
Por qué desestimaron una denuncia penal contra Javier Milei, Patricia Bullrich y Guillermo Francos en Córdoba
El presidente, Javier Milei, y la exministra de Seguridad, Patricia Bullrich. (AP/Natacha Pisarenko/Archivo)

El juez federal N° 2 de Córdoba capital, Alejandro Sánchez Freytes, desestimó la denuncia de un docente en contra del presidente, Javier Milei, el exjefe de Gabinete Guillermo Francos y la exministra de Seguridad Patricia Bullrich por presuntos atentados contra la libertad, la privacidad, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

La denuncia en Córdoba contra Milei, Bullrich y Francos

El docente Luis Alfredo Álvarez Igarzábal denunció al jefe de Estado y los exministros por los alcances del decreto 383/2025 (publicado el 16 de junio pasado en el Boletín Oficial), por el que se estableció un nuevo estatuto de la Policía Federal (se derogó la Ley Orgánica vigente desde 1958).

El estatuto plantea que la fuerza de seguridad puede “realizar, sin necesidad de autorización judicial, tareas de prevención del delito en espacios públicos digitales, tales como redes sociales abiertas, sitios web públicos y otras fuentes abiertas, conforme a las pautas y principios rectores dictados para dichas actividades por la autoridad competente”.

“Estas tareas de prevención del delito deberán respetar la protección de los datos personales, la libertad de expresión, la intimidad y la privacidad de las personas”, según consta en el anexo al decreto.

El estatuto también contempla que los policías federales realicen “requisas personales con orden judicial, conforme con lo establecido por la normativa procesal y demás legislación vigente”, pero “sin dicha orden, podrá hacerlo respecto de personas”.

El exjefe de Gabinete, Guillermo Francos. (AP/Natacha Pisarenko/Archivo)
El exjefe de Gabinete, Guillermo Francos. (AP/Natacha Pisarenko/Archivo) (El exjefe de Gabinete, Guillermo Francos. (AP/Natacha Pisarenko/Archivo))

En ese sentido, las requisas pueden incluir la inspección de los efectos personales, interior de los vehículos, aeronaves y embarcaciones de cualquier clase, ante la concurrencia de tres supuestos: que existan circunstancias “previas que razonable y objetivamente permitan presumir que se ocultan cosas relacionadas con un delito”, que no fuere posible “esperar la orden judicial ante el peligro cierto de que desaparezcan las pruebas” y que se practique en la vía pública o en lugares de acceso público y en el marco de operativos de prevención.

Con posteridad a su entrada en vigencia, un bloque de diputados nacionales presentó una iniciativa para dejar sin efecto el decreto 383/25 al advertir que excedía las atribuciones presidenciales delegadas por la Ley Bases en materia de seguridad y podría derivar en graves vulneraciones de derechos.

El ciberpatrullaje ya había sido implementado por el gobierno del entonces presidente Alberto Fernández, según había reconocido la ministra de Seguridad de ese momento, Sabina Frederic.

El docente denunció a Milei, Bullrich y Francos (quienes firmaron el decreto) porque podrían haber estado incursos en los delitos de “atentado contra la libertad, la privacidad, abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público, violación de derechos y garantías constitucionales”.

Al respecto, consideró que el estatuto era un dispositivo presuntamente ilegal y violatorio del sistema normativo reconocido respecto a derechos y garantías amparados por el bloque constitucional, como la libertad de expresión, de opinión, de circulación, de reunión, la garantía de debido proceso, el principio de inocencia y el derecho a la privacidad.

Asimismo y de acuerdo con lo que pudo conocer La Voz, personal de la Federal cumplió con una orden del juez federal N° 3 de Córdoba capital, Miguel Hugo Vaca Narvaja, como auxiliar de la Justicia en la identificación de unas personas pero sin que se violaran facultades del Código Penal.

Postura del fiscal y desestimación del juez

El fiscal general Carlos Casas Nóblega, subrogante de la Fiscalía Federal N° 2 de Córdoba, sostuvo que no existió ningún delito en lo denunciado y ni otro relacionado, por lo que solicitó al juez desestimar la causa por inexistencia de delito.

El magistrado sostuvo que el fiscal solicitó la desestimación “en un dictamen válidamente formulado, fundado objetivamente en las pruebas reunidas, con conclusiones que aparecen como una derivación razonada de ellas y en ejercicio de las atribuciones legales que le son propias, en resguardo de las garantías constitucionales del debido proceso”.