Un tribunal ratificó la condena aplicada a los asesinos de Ián Durán
La Cámara 2ª del Crimensostuvo el cargo de homicidio calificado por el uso de arma de fuego, con lo cual siguen las mismas las penas.
La Cámara 2ª del Crimen de Córdoba mantuvo ayer la calificación legal y, por lo tanto, las penas a los homicidas del joven Ián Durán. El juicio por el asesinato cometido en agosto de 2002 tuvo sentencia en 2004 y fueron condenados Sergio Alejandro García a 24 años de prisión como partícipe necesario de "homicidio simple agravado por el uso de arma" y, como autor material, un menor de edad, de 15 años al momento del crimen (sin monto de pena impuesto).Pero una serie de recursos que terminaron en el Tribunal Superior de Justicia, dispusieron que el Alto Cuerpo emitiera la resolución de la sala Penal que decidió la realización de un nuevo juicio para que se determinara si está bien aplicada la calificación legal.En este debate concluido ayer en la Cámara 2ª del Crimen –integrada por los vocales Eduardo Valdés (presidente) José Martínez Iraci y Alejandro Weiss–, no estuvo en juego la culpabilidad, pero sí la calificación legal y, eventualmente, el monto de las penas. Estas se habrían agravado en caso de que en este juicio se estableciera el homicidio "criminis causa".Pero tras el debate, el fiscal de Cámara Raúl Gualda alegó a favor del sostenimiento de la misma figura penal con la que fueron condenados en el primer juicio: homicidio agravado por el uso de arma de fuego.La representante por la familia de la víctima, María Elba Martínez, hizo todo lo contrario y se pronunció a favor de un crimen cometido con promesa remuneratoria. La abogada criticó a Gualda porque "olvidó" los testimonios en sala del fiscal instructor de la causa, Carlos Matheu, y del joven Julio César Flores, quien reconoció haber sido contratado un día antes para matar a Ián Durán. Finalmente, ese contrato lo habría cumplido el menor que hoy está condenado.A lo largo del debate y durante años, se plasmó la posibilidad de que detrás del homicidio de Pablo Jossen hubiera un trasfondo en torno al tráfico de drogas, lo cual era conocido por la víctima. En tal sentido, fueron mencionados no pocos funcionarios policiales, entre ellos, quien era el jefe de Drogas Peligrosas, comisario mayor Nelson González. Lo que no fue. El "homicidio criminis causa" está incluido en el Código Penal, en el artículo 80, inciso 7. Y allí se explica lo que significa la figura: es el homicidio cometido "para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito, o para asegurar sus resultados, o procurar la impunidad para sí o para otro, o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito". Pero, lo más significativo –y de allí la importancia de este juicio que concluyó ayer– es que en caso de que los acusados hubieran sido hallados culpables, les correspondía una pena más drástica. Más allá, si se comprobaba un crimen por encargo o con promesa remuneratoria, significaba que Ián sabía algo y que era necesario seguir investigando y buscar otros responsables, en un entramado de vertiginosa perspectiva.

