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Empresas de hasta 50 trabajadores podrán declararlos por Internet

La Afip extendió la utilización del sistema informático "Su Declaración" para facilitar el trámite a los empleadores.

09 de agosto de 2012 a las 10:48 a. m.
Agencia Télam
Empresas de hasta 50 trabajadores podrán declararlos por Internet

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) extendió la utilización del sistema informático "Su Declaración" para facilitar que empleadores de hasta 50 trabajadores puedan inscribirlos (ponerlos en blanco) a través de este mecanismo y cumplir así con sus obligaciones fiscales."A partir de ahora, esa herramienta virtual será de uso obligatorio para aquellos empleadores que tengan hasta 25 trabajadores, y opcional para los que cuenten con un personal de 26 a 50", señala un comunicado del organismo fiscal.Además, aclara que "antes, el mecanismo era requerido para los que contaban con 10 empleados, y voluntario hasta 20".Esta innovación tecnológica posibilitará que el 96 por ciento de los empleadores -aproximadamente 561.000 contribuyentes- realice sus presentaciones por medio de "Su Declaración", facilitando así el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.El mecanismo cuenta con "la ventaja de evitar errores, ya que se validan los datos en línea. Además, no requiere la carga de información ya existente en las bases de datos de la Afip", explica el organismo.

Aclara, además, que "tampoco es necesario incorporar actualizaciones o nuevos aplicativos a su computadora, dado que el organismo los proporciona online".Trámite. El procedimiento es sencillo: se ingresa a través de la página www.afip.gob.ar al servicio con clave fiscal "Su Declaración", y con tres clicks el empleador puede cumplir con su obligación.En primer lugar elige el mes correspondiente a la declaración jurada a confeccionar y, en forma automática, el sistema recuperará la información registrada en las bases de datos del organismo (presentaciones anteriores, más las novedades ingresadas en "Mi Simplificación").En el segundo paso, sí todo es correcto, el contribuyente la conforma, y por último, la envía por transferencia electrónica de datos a través de la misma página web.Opcionalmente, el sistema lo conducirá al servicio "Presentación de DDJJ y Pagos", para generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) y pagar online las obligaciones en el mismo momento.En caso de modificar datos, como por ejemplo el importe de la remuneración, sólo se agrega un paso más.-